Cuando se acerca cualquier campaña de la Renta, surgen muchas dudas acerca de los ingresos que se tienen que declarar. A priori sabemos que los ingresos de nóminas, facturas o alquileres tienen que entrar en sus correspondientes casillas, pero... ¿Qué pasa con los Bizum que recibimos?
Los Bizum también son ingresos que nos llegan generalmente de nuestros amigos o familiares y a los que no les damos mucha importancia. Pero ha llegado tal punto que todos podemos temer las multas que nos puede imponer Hacienda por cometer algún fallo como dejarse alguno de los ingresos que hemos tenido.
La OCU explica qué ingresos se van a tener que declarar
Ante la llegada de la declaración de la Renta 2024 la Organización de Consumidores ha querido lanzar un mensaje aclarando los Bizum que se van a tener que declarar. Y es que dejan claro que un Bizum es un sistema de pago como otro cualquiera como por ejemplo las transferencias bancarias. Entonces, el hecho de declararlo o no va a depender principalmente del contexto en el que nos encontremos.
Aquí entra el hecho de si usamos Bizum para obtener ingresos por una actividad económica concreta o no, y de aquí el famoso límite de 10.000 euros del que tanto se habla. En el caso de que seas un autónomo y tengas ingresos recurrentes a través de Bizum por el pago de tus servicios vas a tener que declararlos. Y es que a Hacienda le van a saltar las "alarmas" cuando los Bizum son de grandes pagos o reiterados.
De esta manera cuando estamos ante un autónomo que cobra con Bizum se va a categorizar "como el resto de ingresos de clientes percibidos por transferencias, cheques, en efectivo, etc., lo recibido por Bizum debe declararse en el IRPF como ingresos de su actividad económica profesional o empresarial".
Esto es algo que también sea plica a cuando se realiza el cobro del alquiler a través de Bizum por comodidad. Estos ingresos que van a ser recurrentes y de la misma cantidad, también van a hacer saltar todas las alarmas a Hacienda y vas a tener que declararlos correctamente.
Pero obviamente los Bizum que no entran dentro de los que son 'interesantes' para Hacienda son los pagos puntuales y de poca cantidad. Aquí tenemos el ejemplo de pagar una cena, la entrada al cine o hacer un viaje colectivo. Estos pagos no están englobados dentro de una actividad económica y por ende no se van a tener que tributar en el modelo 100.
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