Son algunos los municipios que están apostando por modernizar la recogida de residuos. Uno de los ejemplos más claros lo hemos visto en la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona (MCP) donde han instalado contenedores inteligentes con cerradura electrónica para mejorar la separación de residuos. Pero este proyecto ha durado realmente poco, y ya ha tenido que ser retirado.
Estos contenedores para poder utilizarlos se debía utilizar una tarjeta electrónica o una aplicación móvil. Estos dos sistemas de apertura estaban asociados a la dirección de cada residente. De esta manera cuando una persona tiraba la basura, las propias instituciones públicas sabían a qué hora se había tirado y en ubicación. Todo asociado al domicilio y por ende a su titular.
Un sistema de recogida de basuras que no ha gustado a la AEPD
Esta recogida de datos fue categorizada por algunos ediles del consistorio como un 'evidente sistema de control y de intromisión en la privacidad'. Y es por ello que acabó denunciado a la Agencia Española de Protección de Datos que ha publicado una resolución donde sanciona a la Mancomunidad por implantar este sistema de contenedores con cerradura electrónica.
Este sistema costó un total de 8 millones de euros y pese a que ayudó a mejorar el reciclaje orgánico, tiene un problema con la privacidad como se ha demostrado en las 111 páginas de la resolución de la AEPD. El resumen de todas estas líneas de texto es que la política de privacidad para este sistema de recogida de datos es un auténtico desastre, llegando a afirmar un experto en protección de datos que 'Peor no se pudo hacer'.
Ante esta reclamación la Mancomunidad alegó precisamente que cualquier persona puede bajar a tirar la basura. Pero al momento de solicitar un DNI para tener este sistema activo, hay que saber que la institución sabrá quién está detrás de cada apertura. De esta manera, se permite conocer los hábitos de conducta privada del consumidor como indicó en una sentencia el Tribunal Supremo.
Pero lo verdaderamente importante en cualquier política de recogida de datos es la finalidad de los mismos. Es decir, para qué quiere la Mancomunidad recoger el DNI de las personas que tiran la basura. Para la AEPD precisamente son datos que no tienen sentido para el objetivo de recogida separada de basura.
De esta manera, se concluye que "no se realizaba un tratamiento de datos en relación con sus competencias de inspección". De esta manera se determina que han incumplido los artículos 6.1, 12.1, 13, 14, 30.1 y 35 del RGPD.
A raíz de esta resolución el presidente de la MCP ha explicado que van a dejar de recoger este tipo de información cuando se abra la cerradura electrónica. Pero se va a seguir manteniendo el sistema de apertura electrónica, ya que esto es algo que no ha cuestionado la AEPD. Ahora van a tener la misión de buscar un sistema que cumpla con la RGPD, o al menos que esté mucho mejor hecho.
Imágenes | Diario de Navarra
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