El Gobierno español ha aprobado hoy el "Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal", que iniciará así su trámite en las Cortes con el fin de implementar nuevas medidas que "refuercen la lucha contra la elusión fiscal compleja y la economía sumergida".
Entre dichas formas de elusión fiscal encontramos dos campos muy relacionados con el ámbito tecnológico: las criptomonedas y el 'software de doble uso'. Si este proyecto recibe el visto bueno del Congreso y el Senado, el uso de las primeras quedará notablemente limitado y el del segundo directamente prohibido.
Restringidas: las criptovidisas
En el actual contexto de crisis económica, en el que la Agencia Tributaria no deja de explorar nuevas fórmulas para incrementar la recaudación, las criptomonedas ganan interés como instrumento que facilita la elusión de obligaciones fiscales, sobre todo en transacciones entre particulares.
Para ello, los propietarios de aquéllas deberán empezar a informar a las autoridades de todas sus operaciones con las mismas: adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos.
El Gobierno lo ha explicado en su comunicado afirmando que "las nuevas circunstancias existentes en el mundo económico" obligan a reformar la Ley 7/2012 que introdujo la obligación de informar sobre bienes y derechos situados en el extranjero, para introducir entre dichos bienes también las criptodivisas.
Esto afectará tanto a las "situadas en España como en el extranjero si afecta a contribuyentes españoles", lo que obligará a proporcionar información sobre "saldos y titulares" de las mismas. En el caso de situarse en el extranjero, sus propietarios deberán notificarlo haciendo uso del modelo 720 de declaraciones de bienes y derechos en el exterior.
Prohibido: el 'software de doble uso'
El ejecutivo socialista puso sobre la mesa hace dos años la problemática del llamado "software de doble uso", pero hasta ahora no había tomado medidas al respecto. Dicho software permite a un negocio cuadrar su contabilidad ocultando ciertos cobros, lo que genera una 'Caja B' invisible para la Agencia Tributaria.
Así, la TPV de un bar podría cobrar todas las consumiciones con normalidad, pero asegurándose de que, a partir de determinada cantidad de ingresos diarios, éstas dejaran de registrarse. Para ello, podría eliminar únicamente los ingresos menos rastreables, como los cafés. El pasado ejercicio fiscal la Agencia Tributaria regularizó 300 millones de euros como consecuencia de sus actuaciones contra este software.
Ahora, tanto la producción como la tenencia de esta clase de programas quedaría estrictamente prohibidas, y se exigiría "que los sistemas informáticos o electrónicos que soporten procesos contables o de gestión empresarial se ajusten a ciertos requisitos que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de operaciones".
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