Una dirección IP ni siquiera puede identificar a un Estado

Una dirección IP ni siquiera puede identificar a un Estado
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BitTorrent se ha convertido en el centro de todas las demandas de propiedad intelectual, y sus organizaciones se despachan a gusto demandando a diestro y siniestro a webs, usuarios y sistemas informáticos. Pero sus demandas son en muchas ocasiones, absurdas, algo que no se le escapa a numerosos jueces, tanto en España como en EEUU.

Varios jueces en EEUU han declarado que una dirección IP no puede equivaler a la identidad de una persona. Algo que parece bastante lógico, pero que ha tenido que pasar por un juzgado para que se reconozca. Este hecho ha producido que más de quince casos de demandas masivas contra usuarios de redes P2P fueran rechazadas, ya que no se podía relacionar de manera justa a las personas demandadas con la dirección IP que se supone, estaba infringiendo la ley. Pero había más. Muchas de las personas demandadas, eran residentes en otros estados, con lo que las leyes eran diferentes. El lío era tal que el juez llegó a la conclusión de que las tecnologías de geolocalización que usaban estas compañías no eran lo suficientemente precisos para acusar a nadie, así que todas las demandas fueron rechazadas.

Durante uno de los juicios, el juez pidió al demandante que convenciera al jurado de la precisión de este tipo de herramientas de geolocalización. La empresa citó una web que contenía algunas reclamaciones y citas de la compañía que estaba recolectando las pruebas, pero no fue suficiente. Basados en estas pruebas, la corte declaró que había entre un 20% y un 50% de probabilidades de que fueran casos ajenos a su jurisdicción (al estar en otros estados), con lo que se rechazó la prueba.

Incluso en el caso de que las herramientas de geolocalización fueran simplemente demasiado poco fiables para establecer una adecuada jurisdicción, la corte no ve motivos constitucionales para revelar las identidades de los usuarios afectados. La primera enmienda requiere que el jurado se asegure de que las reclamaciones de los demandantes pasen al menos una moción de desestimación, antes de que se autorice revelar la identidad anónima de los usuarios de Internet.

Es decir, que si la empresa no puede probar con garantías que las direcciones IP realmente corresponden a las personas y a los lugares que está demandando, no puede ir más allá y la demanda debe ser desestimada, como realmente ha ocurrido. Esto refuerza la decisión de varios jueces que desestimaron recursos similares al no poderse relacionar una dirección IP con una persona, añadiendo además la dificultad de las empresas demandantes para situarlos geográficamente con precisión.

Vía | Torrent Freak Foto | nrkbeta

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