David gana a Goliat, la SGAE multada y derrotada después de perseguir tres años a un estudiante

David gana a Goliat, la SGAE multada y derrotada después de perseguir tres años a un estudiante
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Por su interés reproducimos el post, publicado en el blog del abogado David Bravo con el título "SGAE persigue en tribunales penales y civiles a estudiante de 24 años para acabar siendo ella la única sancionada en el proceso" que narra la "desnivelada batalla judicial" que ha sostenido un joven estudiante durante los últimos tres años frente a la SGAE y las multinaciones.

Un post, una historia y dos abogados convertidos en narradores de un largo drama humano, que acaba bien, pero que refleja del gran despropósito de la criminalización, ahora consagrada por la Ley Sinde, hoy de plena actualidad.

Y es que la especial violencia y atroz contundencia de las acciones ejercidas por la SGAE y los poderosos del entretenimiento, ahora se verá refrendada y estimulada desde el ámbito político.

Este pulso judicial entre un joven estudiante y las multinacionales de la industria del cine y de la música, como recuerdan los autores del post y del triunfo judicial, David Bravo y Javier de la Cueva, debería servir para hacer reflexionar sobre la posibilidad de que un órgano administrativo cierre en tiempo record páginas que se han declarado por lo jueces: como no infractoras de derechos de propiedad intelectual.

Esta es la historia, clara y oscura, de lo que está pasando y lo que puede pasar. Una historia real:

En 2007, J.C.C., estudiante que reside en un pueblo de Huelva y administrador de las páginas webs Etmusica y Elitemula, entre otras, fue denunciado por PROMUSICAE, sumándose poco después a la acusación particular las entidades de gestión SGAE y EGEDA así como las empresas Lauren Films, Universal Pictures, Twentieth Century Fox, Warner Home Video, Paramount Home Entertainment, Walt Disney Company, Columbia Tristar y Manga Films. Sostenían las entidades denunciantes que la actividad de J.C.C. consistente en administrar un grupo de páginas de enlaces a música y películas que se intercambiaban en redes P2P era constitutiva de un delito contra la propiedad intelectual y, por lo tanto, sancionable con multa y con penas de hasta cuatro años de prisión (art. 271 CP).
La mañana del 26 de mayo de 2009, con el procedimiento penal contra él todavía sobre sus hombros, se personaron en el domicilio familiar de J.C.C. una comisión judicial compuesta por cinco personas, que le informaron de que SGAE había iniciado contra él otro procedimiento judicial más, esta vez en vía civil. Se le notificó en ese acto una voluminosa documentación consistente en la demanda de SGAE, que incluía como prueba un prolijo informe de una conocida empresa de detectives que había investigado su actividad, una orden judicial de depósito de un disco duro y otra que le obligaba al cierre inmediato de las páginas Etmusica y Elitemula.
Abrumado por la situación y la indigerible cantidad de documentación recibida, el demandado llamó al abogado David Bravo, quien le defendía en el asunto penal junto a Javier de la Cueva, para que le asesorara sobre lo que estaba sucediendo y comunicándole que cinco personas se hallaban en el interior de su casa etiquetanto con rotulador todos los discos duros de su vivienda (un total de seis, según consta en acta) y pretendiendo requisarlos.
El letrado solicitó que se le leyera el Auto por teléfono y una vez escuchado su contenido y discutido con una persona que se identificó como procuradora de SGAE, le aconsejó al demandado que se negara a la entrega del material y solicitase a esas cinco personas del Juzgado el inmediato desalojo del domicilio dado que en la resolución no existía autorización alguna para entrar en la vivienda ni mucho menos para requisar los discos duros que se hallasen en la misma.
Poco después el demandado confirmó a su abogado que expulsó a las cinco personas de su casa y que voluntariamente entregó uno sólo de los discos duros elegido por él para cumplir de forma estricta lo ordenado en el Auto, que era únicamente la entrega al juzgado por parte del demandado del disco duro del ordenador desde el que administraba sus webs.
En lo que respecta a este procedimiento civil, y tras nuestros escritos de oposición y la celebración de la vista, el juzgado - el mismo que había acordado el cierre de las webs nada más recibir la demanda de SGAE - revocó sus propias decisiones anteriores ordenando ahora la reapertura de las páginas y la inmediata devolución de su disco duro al demandado sin inspeccionar su contenido. Además, el juzgado, en un Auto ya firme, condenaba en costas a SGAE por el incidente y le imponía una multa por considerar que esta entidad actuó con mala fe en su solicitud de cierre de las páginas. Poco después, y con el procedimiento ya muy cuesta arriba, SGAE retiró su demanda tras llegar a un acuerdo con el demandado, que no le pagó cantidad indemnizatoria alguna.
Por su parte, en el procedimiento penal, cuyo desenlace definitivo se ha conocido hoy, se ha resuelto que la actividad perseguida por SGAE y el resto de la acusación particular y que consiste en enlazar música y películas de las denunciantes no es constitutiva de delito. El Juzgado de Instrucción nº 2 de Moguer estimó la petición de sobreseimiento que realizamos y archivó las actuaciones, ratificando así lo sostenido por la defensa. La acusación particular recurrió en apelación ante la Audiencia Provincial de Huelva y, en el día de hoy, se nos ha notificado el Auto que resuelve desestimar los recursos de la industria, confirmando así el sobreseimiento y archivo de las actuaciones mediante resolución firme y no susceptible ya de recurso alguno.
Con esta resolución terminan definitivamente todos los procesos judiciales abiertos contra J.C.C., con la curiosa paradoja de que la única actividad que los tribunales han considerado merecedora de un reproche jurídico ha sido la de la propia SGAE, imponiéndole una multa que, si bien no deja de ser simbólica, supone un broche idóneo a la desnivelada batalla judicial que ha sostenido el joven estudiante durante los últimos tres años.

Vía | david bravo Foto | mmeida

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