Se vienen grandes cambios en nuestro sistema de desempleo. El próximo 1 de noviembre entran en vigor los cambios en el Real Decreto-ley 2/2024 de 21 de mayo, haciendo que mucha gente se pueda ver beneficiada de los cambios que se van a practicar en los subsidios que ahora mismo hay vigentes. E incluso se van a poder contabilizar con un puesto de trabajo.
La principal medida de cambio radica en el subsidio por desempleo. Una ayuda que se concede a los desempleados que ya han agotado otras ayudas más cuantiosas y que con contributivas. De esta manera, estamos hablando de una ayuda de “supervivencia” para tener un ingreso mínimo en el caso de que no se tengan más ayudas disponibles.
El subsidio por desempleo sufre una actualización de su cuantía
Hasta ahora, el subsidio por desempleo contaba con una dotación de 480 euros al mes. Ahora, con esta nueva legislación y a partir de 1 de noviembre, va a ascender hasta los 570 euros mensuales durante los primeros seis meses, ampliando a más colectivos su cobertura. Pero esta cantidad de dinero irá disminuyendo con el paso del tiempo siguiendo las siguientes reglas:
- Primeros seis meses: 570 euros (95% del IPREM).
- Siguientes seis meses: 540 euros (90% del IPREM).
- A partir del año de la aprobación: 480 euros (80% del IPREM).
De esta manera, no hablamos de una nueva ayuda sino una actualización de la que ya estaban cobrando los ciudadanos. Si bien, los beneficios los verán aquellos nuevos solicitantes. Unos nuevos solicitantes que deberán cumplir alguno de estos requisitos:
- Menores de 45 años sin responsabilidades familiares.
- Trabajadores agrarios eventuales.
- Empleados transfronterizos de Ceuta y Melilla.
- Españoles emigrantes retornados.
- Víctimas de violencia de género.
Estos cinco grupos de personas se suman a los ya beneficiarios de esta prestación en el SEPE. Obviamente, siempre van a tener que estar en situación por desempleo y no tener derecho a una prestación contributiva. Además, deberán contar con unas rentas inferiores a los 810 euros al mes (75% del SMI) y participar en programas de inserción laboral.
Este subsidio se actualiza para poder reemplazar a otras ayudas como la Renta Activa de Inserción (RAI) o el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED). Si bien, se mantiene la ayuda para mayores de 52 años que mantendrá su vigencia e incluso se permitirá poder trabajar mientras se cobra este subsidio siempre que no se supere en ingresos al SMI.
Imágenes | moerschy martaposemuckel
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