Cuando hablamos de la lista Robinson hay mucha gente escéptica, y con razón, sobre si de verdad funciona o van a seguir llamando las diferentes compañías con campañas publicitarias. Y lo cierto es que muchas veces se ha visto como aunque estamos registrados nos siguen llamando, y esto ha tenido diferentes consecuencias para estas empresas, como ocurrió hace unos años con Vodafone.
Para ponerse en contexto un poco la legislación establece que los usuarios tienen derecho a no recibir llamadas automáticas y oponerse a las mismas según el artículo 48 LGT, así como el artículo 21 RGPD, tal y como relataba la jurista Alba del Campo a través de su cuenta de X. De esta manera se responde que no se pueden recibir llamadas publicitarias al estar en esta lista Robinson.
Recibir llamadas mientras estás en la lista Robinson está multado
Pero es una realidad que aunque estamos en esta lista en la que rechazamos las llamadas comerciales, las seguimos recibiendo. En todas las ocasiones no hacemos absolutamente nada, pero un consumidor decidió reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por recibir estas llamadas comerciales, pese a haberlas rechazado previamente.
En esta reclamación la afectada afirmaba que había recibido una primera llamada en la que no se escuchaba absolutamente nada, lo que se conoce como robollamadas. Pero la segunda sí que tuvo una duración de 1 minuto, lo que se consideró una llamada comercial. Esta llamada fue recibida por la empresa TECNOCUBE MARKETING S.L, que realizaba una campaña publicitaria de Vodafone tal y como recoge la resolución pública de la AEPD.
En la resolución se pudo ver como Vodafone trata de escudarse, afirmando que ciertamente el teléfono de la reclamante consta en la lista Robinson, y niega que los números que han realizado la campaña pertenezca a colaboradores. Si bien, tras un rastreo de los teléfonos que realizaron la llamada, se pudo determinar que uno de ellos llegó directamente desde TECNOCUBE MARKETING S.L, colaboradora de Vodafone, y que ofreció en su nombre una oferta a la afectada. Es por ello que en un primer momento se reclamó a Vodafone.
Al final al AEPD estableció una sanción de 10.000 euros a TECNOCUBE MARKETING S.L, pero no directamente a Vodafone. Estamos hablando de una empresa que en ese momento colaboraba con la operadora para realizar diferentes campañas publicitarias.
En este caso, se pudo ver como la Lista Robinson tiene muchas 'excepciones', aunque si se reclamara se puede llegar a tener consecuencias económicas para estas empresas. Es cierto que 10.000 euros no supone un gasto muy grande para estas empresas, pero sí todos los que recibimos una llamada inapropiada publicitaria reclamásemos de la misma manera, ya no sería algo tan insignificante.
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