La Plataforma por la Libertad de Información afirma que la Ley Iceta podría ser inconstitucional: falta a la presunción de inocencia

La Plataforma por la Libertad de Información afirma que la Ley Iceta podría ser inconstitucional: falta a la presunción de inocencia
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La Plataforma por la Libertad de Información (PLI), que ya ha intentado poner freno a la trasposición de la Directiva sobre copyright (también conocida como Ley Iceta mediante un Real Decreto Ley "por la amenaza que representa para la libertad de información y de expresión en Internet", ha alertado hoy de a un artículo que, según este organismo, podría ser considerado inconstitucional.

El artículo 73.4 del Real Decreto Ley establece que las plataformas de compartición de contenidos, los prestadores de servicios, siempre serán responsables en cualquier comunicación pública de las infracciones de copryright, a menos que demuestren, entre otras cosas, que han hecho los mayores esfuerzos para evitar que ese contenido esté en su red y que, en todo caso, han obrado de forma expeditiva para borrarlo.

Para Carlos Sánchez Almeida, director legal de la PLI, el problema de ese artículo está en que “acto seguido, en el Artículo 73.5 se nos habla de la responsabilidad incluso penal que tengan estas plataformas, y una cosa no cuadra con otra desde el punto de vista constitucional”. Concretamente, lo grave de esto, de acuerdo con esta plataforma es que "se pretende aplicar la inversión de la carga de la prueba en procedimientos penales".

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Derecho a la presunción de inocencia en la Constitución

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El artículo 24 de la Constitución garantiza el derecho a la presunción de inocencia y garantiza también el derecho a no declarar contra uno mismo, a no declararse culpable. Esto establece que no se puede obligar al acusado a aportar pruebas de su culpa, de su responsabilidad penal. Con el mencionado artículo de la Ley Iceta, la PLI considera que "esto es lo que curiosamente pretende la ley".

Esta denuncia de la PLI se suma a otras críticas del Real Decreto Ley que la Plataforma ha planteado. Este organismo ha denunciado que no había habido transparencia en su redacción y que tampoco había habido diálogo, al no haberse tramitado por vía parlamentaria.

Además, la PLI denunció que el Real Decreto "se había excedido en lo dispuesto en la directiva" ya que, dicen que no solamente cabía la posibilidad de retirar de manera masiva contenidos de Internet por parte de los titulares de contenidos frente a las plataformas de compartición de contenidos como Google, Twitter o Facebook, "sino que también se podrá censurar en directo un streaming en el supuesto de que a través del mismo se vulnerasen derechos de autor".

El miembro de este organismo advierte que “desde la PLI vamos a seguir exigiendo que los diferentes grupos parlamentarios voten en contra de la convalidación de este real decreto". Buscan que se tramite como Ley Ordinaria, para que otros grupos parlamentarios puedan presentar propuestas y enmiendas.

La Plataforma por la Libertad de Información (PLI) nació en noviembre por un grupo de organizaciones y personas del ámbito jurídico, del periodismo y de los movimientos sociales que se sentían preocupadas "por las amenazas a los derechos de libertad de información y de expresión en España" frente a leyes que en aquel momento había impuesto el gobierno de Mariano Rajoy como el Proyecto de Ley Orgánica sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (conocida como Ley Mordaza) o la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.

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