Hace unas semanas hablábamos de como Hacienda quería saber con exactitud todo lo que habíamos vendido a través de plataformas como Wallapop o Vinted para conocer si tenemos que tributar en la Renta o no. Pese a que las plataformas en un inicio tenían hasta finales de enero para informar de estas ventas, finalmente será hoy mismo, 8 de abril, cuando las plataformas remitirán toda la información.
Esta decisión resulta de la trasposición de la directiva DAC7 que marca la obligación a estas empresas de informar de las ventas que se realicen bajo su amparo. Los requisitos para informar es que el vendedor haya realizado 30 ventas en el año o que sus ventas hayan superado los 2.000 euros.
Wallapop o Vinted informarán hoy sobre nuestras transacciones
Pero no solo vamos a ver como Wallapop o Vinted son las únicas plataformas que tienen que informar a Hacienda. Airbnb también va a estar obligada si registra una reserva de largo plazo, es decir, que supere los 28 días. Esto es importante para la Agencia Tributaria porque podría indicar que estamos ante un alquiler 'camuflado'.
El objetivo de esta medida es poder conocer con exactitud si alguien está sacando rendimiento económico por sus ventas en estas plataformas. En el caso de que sea así, se va a tener que tributar IRPF a través del modelo 100. Pero esto es algo que de manera general no va a ocurrir con las ventas que realizamos la mayoría de nosotros.
Tal y como informamos, el pago de IRPF únicamente se aplicará en las ganancias patrimoniales que se practiquen. Es decir, que se venda un producto en Wallapop por un precio superior al que lo compramos, y esto es muy raro cuando hablamos de ventas de segunda mano. Las únicas personas que deben preocuparse son aquellas que realizan una actividad económica y quiera revender productos por un precio superior al que lo compró.
Y es que puede ser muy común el hecho de ocultar una actividad económica de comercio a través de estas plataformas que hasta ahora no estarían controladas. Pero siempre queda algún fleco que no llegamos a entender. Para demostrar que no hemos tenido un enriquecimiento con la venta de un producto debemos tener la factura original de su compra. Pero la realidad es que no estamos obligados a conservar estos documentos.
De esta manera queda la duda de cómo demostrar a Hacienda que no nos estamos enriqueciendo en el caso de que nos llegue un requerimiento por haber detectado precisamente unas compras que superen estos límites. De momento debemos quedar pendientes a la información que llegue desde Hacienda.
Imágenes | Liam McGarry
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