El Estado tendrá que pagar 57 millones a entidades de derechos de autor por compensación del canon digital entre 2015 y 2017

El Estado tendrá que pagar 57 millones a entidades de derechos de autor por compensación del canon digital entre 2015 y 2017
13 comentarios Facebook Twitter Flipboard E-mail

El Tribunal Supremo en España ha condenado al Estado a abonar 57 millones de euros a varias entidades de propiedad intelectual. De este modo, el Tribunal da la razón a la Sociedad General de Autores (SGAE), la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales y la Asociación de Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AISGE), de que hubo perjuicios por parte del Estado entre 2015 y 2017 y este pago se realizará en concepto de compensación equitativa por copia privada (es decir, el canon digital).

Las mencionadas entidades habían reclamado antes los tribunales que fuera responsabilidad del Estado este pago, durante los dos años que no hubo normativa respecto al canon cultural, después desde que se anulase el anterior sistema que existía y hasta la aprobación del nuevo en 2017, como ha publicado El Cultural.

Historia de un litigio en torno a la propiedad intelectual

Cabe recordar que en el año 2013, con el gobierno del Partido Popular se aprobó en España la Ley Lassalle, que sustituyó a la anterior Ley Sinde en cuanto a derechos de propiedad intelectual. Según publica ABC, el entonces secretario de Estado de Cultura, José María Lassalle, cambió el modelo que se venía aplicando hasta ese momento para que esa compensación fuera abonada a cargo de los Presupuestos Generales del Estado.

Hasta 2011, los dispositivos digitales que pudieran realizar copias de contenidos (omo por ejemplo USB o lectores de mp3) era sobre los que recaía la compensación. Por tanto, las empresas fabricantes eran quienes pagaban este dinero por canon digital. Con las novedades que llegaron con el Ministerio de Cultura del primer gobierno de Mariano Rajoy es cuando este pago recaía sobre los Presupuestos Generales, lo que llevaba a que todos los ciudadanos pagaban esto a través de sus impuestos, aunque no realizasen copias de archivos.

Con el cambio de relagulación, la asignación pasó de unos cien millones de euros a repartir entre todas las entidades a ocho millones en 2012, cinco en 2013 y 2014, y cero euros entre 2015 y parte de 2017. Ahora, tras la sentencia anunciaba hoy, el Estado tendrá que pagar 20 millones de euros por el año 2015, 22,5 millones para 2016 y 14,5 millones para los siete primeros meses de 2017.

Ya en el año 2014, la SGAE criticó aquella Ley diciendo que esta reforma no servirá para "combatir con firmeza la piratería" y, con ella, "España acabaría convirtiéndose en un paraíso para las compañías tecnológicas multinacionales, que apenas pagan aquí sus impuestos, ni crean suficientes puestos de trabajo en nuestro país."

El Estado paga ahora lo que no pagaron las tecnológicas entre 2015 y 2017

Antonio Fernández, presidente de ADEPI ha explicado que este fallo del Supremo revoca "definitivamente el modelo Lassalle de copia privada y conlleva que ahora el Estado se tenga que hacer cargo de una compensación que no pagaron las tecnológicas en su momento".

Según concluye, "la sentencia legitima la gestión colectiva en general y el modelo europeo de compensación equitativa por copia privada en particular, y demuestra que las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual teníamos razón en nuestra reclamación".

Comentarios cerrados
Inicio