Hace sólo 15 días, te anunciábamos que Igor Seoane, el creador de Rojadirecta, la conocida web de enlaces no oficiales a eventos deportivos en directo, se enfrentaba a 6 años de prisión y una multa de 6 millones de euros (por no mencionar el pago de 4 millones en concepto de fianza). Todo ello por una acusación de delito contra la propiedad intelectual, habiendo sido ya exculpado de los delitos de fraude fiscal y organización criminal.
Pero, al margen de este proceso penal contra Seoane, también está abierto un proceso mercantil contra Puerto 80 Project (la empresa propietaria de Rojadirecta), iniciado en 2015 tras sendas demandas de Canal+ y Mediapro, las televisiones afectadas por las emisiones difundidas por Rojadirecta.
El Supremo da la razón a la justicia autonómica
Tras haber dado la razón a éstas en 2016 el juzgado de lo mercantil de La Coruña, y confirmar el cierre de la web la Audiencia Provincial en 2018, el responsable de Rojadirecta había interpuesto un recurso de amparo ante el Tribunal Supremo…
…un recurso que, según publica El Confidencial, el Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite: en su veredicto sobre los procesos mercantiles impulsados por Telefónica y Mediapro, el tribunal avala la afirmación que la actividad de Rojadirecta sí infringía la propiedad intelectual y que, por lo tanto, la web debe permanecer cerrada.
Llegados a este punto, a Puerto 80 Project ya sólo le queda interponer un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional o una demanda de amparo ante el Tribunal de Estrasburgo.
Antes de que el asunto llegase a manos del Supremo, los tribunales ya habían dictaminado que Rojadirecta no venía actuando como 'intermediario', sino como proveedor de contenidos, lo que justificaba el cierre de la web y otorgaba a los demandantes el derecho a una indemnización.
Más allá de Rojadirecta
Quizá a algún lector le sorprenda leer que Rojadirecta lleva 'offline' desde 2016; efectivamente, todas las webs que actualmente hacen uso de una u otra forma del término 'rojadirecta' están desvinculadas de la empresa propietaria de la original, pretendiendo bien homenajearla, bien jugar a la confusión para atraer usuarios.
Esta noticia llega mes y medio después de que otra sentencia emitida por el Juzgado de lo Mercantil número 6 de Barcelona da vía libre para que los operadores de Internet puedan dominios que se encontraban en el punto de mira de LaLiga por retransmitir fútbol sin licencia, un logro para Movistar+ y LaLiga tras un tiempo intentando lograr que se habilitase una vía rápida y más simple para solicitar el bloqueo de dominios.