Cuando se sufre un accidente o una enfermedad grave, puede existir el riesgo de que se imposibilite el hecho de ir a trabajar, dejando a una persona excluida de una forma de obtener un sustento económico. En estos casos el Estado cuenta con una pensión de incapacidad permanente que se concede precisamente cuando una dolencia impide que se pueda trabajar a largo plazo.
Obtener una prestación de este calado no es una tarea nada fácil que requiere el cumplimiento de numerosos requisitos que son valorados por un tribunal médico. Esto hace que se tengan que atender a una serie de enfermedades que están recogidas por parte de la Seguridad Social para poder acceder al 100% de esta prestación.
Qué debes saber sobre la pensión por incapacidad
Hay que tener en cuenta que el propio organismo determina que cada pensión de invalidez cuenta con varios tipos. Todo esto depende de la gravedad de la enfermedad o lesión que se padezca y también del grado de discapacidad. Una prestación que a efectos generales únicamente se concede cuando no se tiene la edad de jubilación. Los tipos que se pueden encontrar son los siguientes:
- Parcial para la profesión habitual: Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión.
- Total para la profesión habitual: Inhabilita al trabajador para su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra distinta.
- Absoluta para todo trabajo: Inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.
- Gran invalidez: Cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.
Dependiendo del grado que se reconozca por parte del tribunal médico se va a recibir una cantidad de dinero diferente. En el grado de incapacidad parcial se reciben las últimas 24 mensualidades de la base reguladora en un único pago. Pero en el caso de que se reconozca la total sí que se cobrará de manera mensual el 55% de la base reguladora.
Si hablamos ya de las enfermedades o lesiones más graves donde se reconozca la incapacidad absoluta, sí que se cobrará el 100% de la base reguladora en 12 o 14 pagas. Pero si se categoriza como 'Gran invalidez' se pasará a cobrar este 100% junto a un complemento extra.
El reconocimiento de esta pensión se puede realizar de oficio por parte de la gestora tras un proceso de baja. Como hemos dicho, esto es algo que se valorará por parte del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) y se tiene un total de 135 días para poder responder.
Lista de enfermedades para recibir una pensión por incapacidad permanente
Una vez se tiene en cuenta esto, hay que tener en cuenta que no todas las enfermedades están contempladas para ser tratadas como una incapacidad permanente. Existe un listado que se va actualizando con enfermedades graves que pueden abrir la puerta a tener una incapacidad total y por ende cobrar el máximo de prestación. Decimos que se va actualizando porque hasta hace poca enfermedad crónica como la fibromialgia no estaba en el listado.
La lista completa es la siguiente:
- Agorafobia
- Alcoholismo
- Alzheimer
- Aneurisma
- Anorexia
- Ansiedad
- Artritis Psoriásica
- Artritis Reumatoide
- Artrosis
- Asma
- Brucelosis
- Bursitis
- Cáncer
- Cáncer de Colon
- Cardiopatías
- Cervicoartrosis
- Ciática
- Colitis ulcerosa
- Condromalacia Rotuliana
- Crohn Ileocolónico
- Dermatitis
- Desprendimiento de Retina
- Diabetes
- Enfermedad de Behcet
- Enfermedad de Crohn
- Enfermedad de Perthes
- Enfisema Pulmonar
- Epilepsia
- EPOC
- Esclerosis Múltiple
- Espondilitis Anquilosante
- Espondilolistesis
- Esquizofrenia
- Fatiga Crónica
- Fibrilación auricular
- Fibromialgia
- Fractura del Maleolo
- Glaucoma
- Gonartrosis
- Hernia cervical
- Hernia discal
- Hipertensión pulmonar
- Hipoacusia
- ICTUS (sus secuelas)
- Infarto agudo de miocardio
- Insomnio de conciliación
- Insuficiencia mitral
- Insuficiencia renal crónica
- Ludopatía
- Lumbalgia
- Miocardiopatía Dilatada
- Omalgia
- Parkinson
- Patología en los codos
- Síndrome de intestino irritable
- Síndrome subacromial
- Toxicomanía
- Trastorno Adaptativo
- Trastorno bipolar
- Trastorno depresivo mayor
- Trastorno mixto ansioso-depresivo
- Trastorno obsesivo compulsivo
- Trastorno por estrés postraumático
- Trombosis
- Tuberculosis
- Uveítis
- Varices
- VIH
Algo importante a destacar es que estas son pensiones contributivas que van a contar para la futura pensión de jubilación. Y como tal, también se van a revalorizar de manera anual acorde al IPC.
Imágenes | Josh Appel Possessed Photography
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