Cuándo podrás solicitar el voto por correo online para las elecciones generales del 23 de julio de 2023

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Este lunes despertábamos todos con una noticia muy poco esperada: la disolución de las Cortes Generales y la convocatoria de elecciones anticipadas para el próximo 23 de julio de 2023. Ese 23J se volverán a abrir los colegios electorales para renovar nuestras instituciones tal y como se promulga en el Real Decreto que se publica en el BOE este mismo martes.

Estas fechas a priori son realmente complicadas, básicamente porque a mucha gente le puede pillar en mitad de sus vacaciones pasando varios días fuera de la localidad donde está censado. Ante estos casos se puede recurrir a la opción de votar por correo, haciendo que puedas ejercer tu derecho pero sin sacrificar tus vacaciones (salvo que te toque estar en una mesa electoral).

Los plazos que marca la ley para solicitar el voto por correo

Para poder hacer este formalismo, debes saber que no tienes que ir de manera presencial a Correos para solicitar el voto (aunque si para entregarlo). Este proceso, como ya vimos en las tan recientes elecciones municipales y autonómicas, se puede hacer a través de la propia web de Correos con el uso de certificado digital y Autofirma.

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En el caso de las elecciones generales, los plazos de este voto por correo están establecidos en la LOREG (Ley Orgánica de Régimen Electoral General). En esta norma se establece que "El elector solicitará de la correspondiente Delegación, a partir de la fecha de la convocatoria y hasta el décimo día anterior a la votación". Es por ello que esta solicitud se va a poder tramitar desde el 30 de mayo de 2023 hasta el día 13 de julio.

A partir de aquí tendrán 3 días en Correos para remitir la petición a la oficina del censo electoral para que compruebe todos tus datos. A partir de ese momento ya no se podrá votar de manera presencial el 23 de julio, teniendo que esperar a recibir la documentación dos semanas antes de que se inicien las votaciones. Con esa documentación si se tendrá que optar por acudir a una oficina física y enviar el voto como fecha máxima 4 días antes de que se celebren las elecciones.

Es por todo esto, que tus vacaciones van a poder estar a salvo sin tener que ir a votar gracias a este método. Aunque siempre habrá que esperar a que se realicen los sorteos para las mesas electorales, ya que el votar por correo no exime de estar como presidente o vocal.

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