Deliveroo recurrió la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 19 de Madrid que decía que sus 523 repartidores no debían ser autónomos, sino asalariados, y ha perdido. La condena ha sido ratificada por unanimidad.
La veintena de magistrados que componen el TSJ madrileño han desestimado las reclamaciones de la compañía al respecto de la sentencia hecha pública el pasado mes de julio. Inspección de Trabajo consideraba que la relación laboral de los riders con Deliveroo era de falsos autónomos y así lo corroboró el juzgado.
"Resume todo aquello por lo que hemos luchado"
La Unión General de Trabajadores, sindicato que ha defendido a varios repartidores a lo largo de este proceso judicial, asegura en un comunicado que "resume todo aquello por lo que hemos estado luchando".
"La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid determina y confirma con absoluta claridad que los 532 repartidores de Deliveroo son trabajadores. Este reconocimiento como trabajadores permitirá iniciar la transformación del modelo de Deliveroo para todos los afectados hacia el Régimen General de la Seguridad Social y todos los derechos sociales que lleva consigo".
Desde la organización sindical, además, dstacan el hecho de que sea la primera de un Tribunal Superior de Justicia sobre un procedimiento de oficio iniciado por las actas de liquidación de la Inspección de Trabajo. Además, este fallo coincide con otra sentencia similar del propio TSJM que afectó a Glovo.
La sentencia, asimismo, obliga a pagar a Deliveroo las costas procesales, según El Español, medio que ha tenido acceso a la misma, al tiempo que apoya la petición de la Tesorería que reclama a la empresa de reparto el pago de 1,2 millones de euros en concepto de cotizaciones sociales impagadas.
Falta por ver si desde Deliveroo se recurre al Tribunal Supremo. Llegado el caso, una decisión del alto tribunal sentaría jurisprudencia sirviendo de referencia para otros casos que puedan llegar a los juzgados.
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