Cada vez somos más los que usamos el televisor para ver, precisamente, lo que no es estrictamente televisión. Y somos más también los que compramos, reservamos y hacemos prácticamente de todo online. Empresas como Netflix, HBO, Amazon o Google se han hecho un hueco en nuestras vidas y sus ingresos aumentan con nuestros pagos. ¿Sucede lo mismo con las arcas públicas? No tanto.
Para conocer más sobre la elusión fiscal Genbeta charla con José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), que responde claramente a la pregunta anterior: «Si estas compañías ofrecen servicios habitualmente, pero no operan con una oficina o un establecimiento permanente, no les es exigible el impuesto de sociedades. Eso, desde luego, supone una merma de impuestos». Algo que indudablemente afecta a todos.
Si la legislación no cambia, todo es legal
Esta práctica, la de la elusión fiscal, es legal. No hay ningún fraude. «Como todavía no hay un acuerdo en la Unión Europea para que las compañías tributen en el país donde obtienen los beneficios por las actividades que realizan, van a estar tributando en el país donde estén establecidas o donde tengan su residencia fiscal», indica Mollinedo. Y de ello se aprovechan.
Al contrario que sucede con el IVA, que a través de una ventanilla única es abonado en cada país en función del negocio que en cada uno generan, otra clase de impuestos se tributan allá donde tengan la sede y, si es un estado miembro de la unión, no hay nada que hacer. La legislación comunitaria permite que una compañía ubicada en un país con exiguas tributaciones, por ejemplo Irlanda, desarrolle sus actividades en el resto del territorio europeo.
Buena parte de estas empresas tecnológicas o multinacionales, grandes compañías, están situadas en países con muy baja presión fiscal y habitualmente con acuerdos de doble imposición con territorios incluso fuera de la unión, de forma que a través de distintos mecanismos los dividendos que obtienen de las actividades realizadas fuera de ese país tampoco van a tributar y van a salir libres de impuestos del territorio de la Unión Europea.
Desde Gestha consideran que esta situación «hace tiempo que debería haberse corregido», pero son conscientes de las dificultades que entrañan. Entre otras, «la lenta toma de decisiones que tiene la UE a la hora de abordar esta problemática por la falta unanimidad de todos los países». Aunque estados como Francia o Alemania llevan tiempo queriendo cambiar la situación al igual que España que, con gobiernos de distinto color político, también lo ha venido intentado.
Entonces, ¿la culpa la encontramos en una legislación obsoleta? «Más que obsoleta», dice el secretario general del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda, «una legislación que no está adaptada a la globalización».
Este tipo de prácticas fiscales ya se conocen desde hace tiempo. Si se ven los informes de la OCDE, en las cumbres del G20, desde hace bastantes años se está hablando de la elusión de las multinacionales. Es una cuestión que no se ha solucionado desde que se detectó hace mucho tiempo.
De hecho, el señalamiento de este problema se produjo de forma relevante durante los primeros años de penurias económicas a nivel internacional:
La crisis mundial que vivimos, en torno a 2009 y 2010, motivó un cambio de percepción política de lo que hasta la fecha se conocía como «ingeniería fiscal», que pasó a denominarse «prácticas fiscales agresivas». Eso ya significó un cambio en la percepción de esas mismas prácticas. [...] Con esta denominación se le impone la connotación de no deseables. La merma en la recaudación que supuso la crisis económica ha llegado a poner encima de la mesa este problema.
Muchas de estas grandes compañías, además, no tienen ni siquiera una filial en territorio español. Otras, sencillamente, poseen sociedades que se ocupan de actividades relacionadas con el marketing o la logística, si esta forma parte de su negocio, quedando la facturación para su matriz en uno de esos países con bajos tributos.
¿Qué se puede hacer contra la elusión fiscal?
Aunque no se manejan públicamente datos suficientes para cuantificar el impacto de la elusión en las balanzas de países como España, diversos proyectos universitarios buscan establecer metodologías de cálculo que puedan arrojar resultados que pudiesen ser estadísticamente aceptables. Aunque responsables de organismos como la OCDE, sin concretar el procedimiento empleado, cifran entre un 3 y un 4 % del PIB mundial el importe de la elusión fiscal según nuestro entrevistado.
Sea como fuere, las cantidades no son desdeñables y estas «prácticas fiscales agresivas» suponen un perjuicio para los países, especialmente para los más castigados por la crisis económica y la disminución en los ingresos que obtienen mediante impuestos. Entonces, más allá de poner coto a la práctica, ¿qué mecanismos existen para atajar el problema? José María Mollinedo nos los cuenta.
Se han implementado algunos a través de un catálogo de medidas que propuso el comité de fiscalidad de la OCDE. Informes que se están exigiendo, país por país, en los cuales este tipo de empresas deben explicar dónde están domiciliadas el volumen de operaciones que realizan en un país, el número de trabajadores, el número de activos o su capital. Se exigirá en la UE y fuera, en los países que forman parte de la OCDE.
En 2018 ya se va a contar con esa información en la unión y se supone que esos datos van a circular entre las administraciones tributarias de todos los países, de forma que se puede detectar que una compañía esté establecida, por ejemplo, en Irlanda, y está operando en veinte estados miembros y que todos los beneficios los está atribuyendo al país en el que está. Este va a ser un primer paso para cuantificar el problema.
La dimensión de la elusión en las arcas públicas
Dada la deliberada opacidad en las cuentas de estas grandes corporaciones, como hemos visto, poner números al impacto que suponen estas prácticas resulta sumamente complicado de momento. Sin embargo, con datos aproximados a nivel nacional sobre el IVA y el impuesto de sociedades que comentamos con el secretario general de Gestha, sí nos podemos hacer una idea de cuán importante es la dimensión de la elusión de este último tributo en las arcas públicas.
Si miramos la recaudación del IVA y del impuesto de sociedades en nuestro país, la del primero está en torno a los 60.000 millones de euros, en cuanto a recaudación neta de IVA, ya excluidas las devoluciones; mientras la del impuesto de sociedades se sitúa entre los 25 y los 27.000 millones. Esto nos da una idea de la dimensión
Atendiendo a estos volúmenes, ¿podríamos estar hablando de cantidades eludidas equivalentes a menos de la mitad de lo que deberían ingresar en las arcas públicas si se pagase el conjunto de los tributos? «Posiblemente sea así, a pesar de la dificultad de realizar una afirmación categórica, porque no tenemos información sobre la cuantía de la elusión».
Sin descontar deducciones, en España se paga el 25 % por el impuesto de sociedades mientras que en Irlanda se abona justo la mitad, un 12,5 %.
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