Cuando abandonamos un puesto laboral, la empresa siempre tiene que abonarnos una cierta cantidad de dinero en concepto de lo que todos conocemos como 'finiquito'. Este concepto ya está interiorizado entre todos los trabajadores, pero a veces no llegamos a comprender en qué consiste concretamente esta liquidación.
De manera general, el finiquito va a compensar aquellos cobros pendientes de los ya extrabajadores de la empresa. Aquí se puede incluir el sueldo pendiente de cobrar, las vacaciones no disfrutadas y las pagas extraordinarias que no se han abonado.
Todos los factores que intervienen en el cobro de tu finiquito
A la hora de saber si se tiene derecho al finiquito, hay que tener en cuenta que cualquier trabajador debe recibirlo al acabar su relación laboral con el empleador pese a que se haya producido un despido. No hay que confundirlo con la indemnización que sí se abona a ciertos trabajadores en situaciones concretas como un despido objetivo improcedente. Pero si hablamos de un despido disciplinario, en ningún caso llevará consigo indemnización, pero sí finiquito.
Para conocer la cantidad de finiquito que te va a quedar al dejar tu puesto de trabajo debemos tener en cuenta primero el sueldo pendiente de pago. Esto es algo que se puede calcular fácilmente, teniendo en cuenta los días que han pasado desde el último cobro y que has pasado trabajando. Si se cobran 1.000 euros al mes, lo primero será calcular el dinero que se cobra a diario con la simple división 1000/30. Seguidamente con el dinero que ganamos a diario nos quedará multiplicarlo por el tiempo trabajado sin abonar antes del despido para tener esta cuantía.
Otro factor que interviene son las pagas extras. Estas se van a abonar en el finiquito si no están prorrateadas. En esta situación las pagas extras se efectúan en verano y Navidad. En este caso se va a tener que abonar la parte proporcionar a los días que hayas pasado desde el cobro de la paga extra a la fecha de despido.
El último punto a tener en cuenta son las vacaciones no disfrutadas. Estas se van a tener que abonar en el finiquito y siempre teniendo en cuenta los días que no se hayan disfrutado. De manera general, salvo algunos convenios, son 30 días las vacaciones que se disfrutan por año trabajado.
Para poder calcular las vacaciones que nos corresponden, y poniendo como ejemplo que se haya trabajado hasta el 17 de noviembre, se va a tener que realizar la siguiente fórmula (30 x 317)/365. El número '317' se va a tener que cambiar por la cantidad de días del año que has estado trabajando. Al resultado, simplemente va sa tener que restar los días disfrutados y a los que quedan multiplicarlos por el sueldo diario anterior.
Lo importante antes de firmar el finiquito
En muchas ocasiones el desconocimiento puede provocar que no cobremos la cantidad justa y ajustada a la legalidad vigente. Esto obliga siempre a tener que comprobar la liquidación que se nos presenta sin recibir ninguna presión. Y lógicamente conseguir una copia del documento que debe estar fechado en el mismo día de su entrega.
En el caso de no estar conforme con esta liquidación porque cuente con errores importantes o que no se está de acuerdo con ella, simplemente deberemos de especificar "No conforme" junto a la firma. Esto hará que se pueda reclamar ante los organismos oportunos.
Imágenes | Tung Lam Gerd Altmann
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