La publicidad con 'influencers' ya tiene regulación: un código obligará a señalar los anuncios y los regalos se considerarán pagos

La Asociación Española de Anunciantes, Autocontrol y el Gobierno de España han acordado una regulación para las campañas de publicidad que se llevan a cabo a través de influencers a través de un código de conducta suscrito el pasado 9 de octubre por el Ministerio de Asuntos Económicos y el de Consumo.

El acuerdo, adelantado por elEconomista.es, comenzará a aplicarse el 1 de enero de 2021. Los anunciantes asociados a las organizaciones que han elaborado el Código de conducta sobre el uso de 'influencers' en la publicidad están obligados a incluir una cláusula en los contratos publicitarios con personas influyentes para que las acciones se acojan a lo establecido en el documento salvo ciertas excepciones.

Se establece como contraprestación tanto el pago directo o indirecto por un contenido como otras retribuciones en forma de regalos, viajes, cheques regalo o entradas gratuitas

También pueden adherirse a este código de conducta de forma voluntaria compañías que no estén asociadas a estas entidades e influencers.

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Regalos o viajes también son un pago

El código establece que se considerarán menciones o contenidos publicitarios "todas aquellas menciones o contenidos" que estén dirigidos a la promoción de productos o servicios, sean divulgados en el marco de colaboraciones o compromisos recíprocos con pago u otro tipo de contraprestación o en aquellos casos en los que el anunciante ejerca un control editorial sobre el contenido.

Se excluye, dice el texto, "los contenidos que tengan naturaleza puramente editorial, ni a los contenidos divulgados por influencers que respondan a su propia y única iniciativa".

La publicidad deberá ser identificable para los seguidores o incluir una "indicación explícita, inmediata y adecuada al medio y mensaje sobre la naturaleza publicitaria de tales menciones o contenidos"
Listado ejemplificativo de ubicación recomendada de la identificación de menciones o contenidos publicitarios presente en el código.

Se define también como una contraprestación tanto el pago directo o indirecto como otras retribuciones. Como la entrega gratuita de un producto, entradas gratuitas a un evento, una prestación gratuita de un servicio, cheques regalo, bolsas de regalo e incluso un viaje.

Además, la publicidad deberá ser identificable para los seguidores de los influencers. Si no queda claro, será necesario incluir "una indicación explícita, inmediata y adecuada al medio y mensaje sobre la naturaleza publicitaria de tales menciones o contenidos" mediante expresiones como "publicidad", "publi", "en colaboración con" o "patrocinado por", por ejemplo. Advertencias que deberán aparecer en todas las redes o plataformas donde se difunda la publicidad.

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