Menéame, el popular portal español donde son los usuarios los que generan una portada de noticias interesantes a partir de los enlaces que aportan, está acostumbrada a tener citas con la justicia. Y hoy Remo Domingo ha confirmado que una de esas citas en las que se acusaba a Menéame de delito de injurias ha acabado siendo absuelta.
Todo empezó cuando el usuario jotape publicó el enlace de una web que se dedicaba a catalogar a algunos trolls (incluyendo correos conocidos, direcciones IP y otros datos) a lo que uno de esos internautas catalogados llamado Daniel Vicente Carrillo decidió denunciar a Menéame por injurias. De hecho este abogado denunció a Menéame y también a Greg Pevot, administrador del "catálogo de trolls", además de al usuario jotape que había publicado el enlace.
Daniel Vicente también amenazó a decenas de internautas que habían retuiteado el enlace o que lo habían comentado de alguna forma. En la denuncia se incluía, como nos comenta el propio Remo, una demanda por 30.000 euros que Menéame abonó con aval bancario en el juzgado al mismo tiempo que aseguró que no iba a retirar ese enlace de la web a menos que el original no desapareciese.
"Lo que el demandado busca es tan sólo notoriedad"
Al final, después de que el juicio se celebrara el pasado 20 de junio, la sentencia ha sido de absolver a todos los acusados. Ahora falta leer esa sentencia completa y ver si Daniel Vicente la recurre antes de los 10 días hábiles que tiene para conseguirlo). Para Remo esta sentencia "tiene sentido común" porque "ser un troll no es una injuria" sino "la descripción de un comportamiento claro en internet".
Remo nos comenta, además, las carencias del sistema de justicia español frente a este tipo de tácticas:
Es absurdo que no exista un mecanismo legal para impedir que una persona solicite más de 60 actos de conciliación previos por difusión de enlaces, entorpezca la justicia y luego no se presente siquiera a la mayoría de esos actos de conciliación.
La sentencia también "refuerza la inexistencia de responsabilidad en los prestadores de servicios y enlaces", continúa Remo, defendiendo que procesar a una persona jurídica por un delito no contemplado hacia las sociedades en el código penal es "una temeridad procesal".
Lo que el demandado busca es tan sólo notoriedad. Si hubiera tenido intención de eliminar el enlace o tuviera base jurídica, debería haber demandado a Google y resto de buscadores, Twitter, Facebook... Pero no, sólo demandaba a Menéame sin explicar porqué.
Habrá que ver si hay recurso o no, pero desde Menéame confían en que podrán ganarlo también vista la sentencia absolutoria para todos los demandados.
En Xataka | "Aspiramos a ser la alternativa libre a Facebook y Twitter", entrevista a Daniel Seijo y Remo (Menéame)
Muy Señor Mío,
En el día de hoy se ha publicado en la página www.genbeta.com, administrada por WEBLOGS SL, la noticia titulada "Menéame y varios usuarios absueltos, tras ser demandados por un troll", que puede leerse en el siguiente enlace:
https://www.genbeta.com/actualidad/meneame-y-varios-usuarios-absueltos-tras-ser-demandados-por-un-troll
En la misma, identificándoseme con nombre y apellidos, se vierte el siguiente hecho inexacto y nocivo para mis intereses:
"Es absurdo que no exista un mecanismo legal para impedir que una persona solicite más de 60 actos de conciliación previos por difusión de enlaces, entorpezca la justicia y luego no se presente siquiera a la mayoría de esos actos de conciliación".
Por ello, y sin perjuicio de las acciones penales y civiles de resarcimiento cuyo ejercicio me reservo, por la presente le requiero en virtud de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, para que en el plazo máximo de tres días publique en la noticia la enmienda de esta falsedad.
En la rectificación deberá aparecer el siguiente texto, el cual se mostrará gratuitamente y sin comentario ni apostilla en el mismo enlace en que la noticia ha sido publicada en su web:
"Que, requerido el responsable legal de WEBLOGS SL por Don Daniel Vicente Carrillo para rectificar el hecho inexacto que se dirá, publicado en www.genbeta.com el 30 de junio de 2016, declara que no ha podido verificar el número de conciliaciones promovidas por el sr. Vicente, ni su falta de asistencia a las mismas, ni su entorpecimiento de la justicia, por lo que rectifica y desmiente dicha información, con arreglo a lo previsto en la Ley Orgánica 2/1984".
De no verificarse lo anterior en el plazo legal, procederé a demandar a su sociedad ante los Tribunales de Barcelona en ejercicio de la acción de rectificación.
Atentamente,
Daniel Vicente
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