Menéame, el popular portal español donde son los usuarios los que generan una portada de noticias interesantes a partir de los enlaces que aportan, está acostumbrada a tener citas con la justicia. Y hoy Remo Domingo ha confirmado que una de esas citas en las que se acusaba a Menéame de delito de injurias ha acabado siendo absuelta.
Todo empezó cuando el usuario jotape publicó el enlace de una web que se dedicaba a catalogar a algunos trolls (incluyendo correos conocidos, direcciones IP y otros datos) a lo que uno de esos internautas catalogados llamado Daniel Vicente Carrillo decidió denunciar a Menéame por injurias. De hecho este abogado denunció a Menéame y también a Greg Pevot, administrador del "catálogo de trolls", además de al usuario jotape que había publicado el enlace.
Daniel Vicente también amenazó a decenas de internautas que habían retuiteado el enlace o que lo habían comentado de alguna forma. En la denuncia se incluía, como nos comenta el propio Remo, una demanda por 30.000 euros que Menéame abonó con aval bancario en el juzgado al mismo tiempo que aseguró que no iba a retirar ese enlace de la web a menos que el original no desapareciese.
"Lo que el demandado busca es tan sólo notoriedad"
Al final, después de que el juicio se celebrara el pasado 20 de junio, la sentencia ha sido de absolver a todos los acusados. Ahora falta leer esa sentencia completa y ver si Daniel Vicente la recurre antes de los 10 días hábiles que tiene para conseguirlo). Para Remo esta sentencia "tiene sentido común" porque "ser un troll no es una injuria" sino "la descripción de un comportamiento claro en internet".
Remo nos comenta, además, las carencias del sistema de justicia español frente a este tipo de tácticas:
Es absurdo que no exista un mecanismo legal para impedir que una persona solicite más de 60 actos de conciliación previos por difusión de enlaces, entorpezca la justicia y luego no se presente siquiera a la mayoría de esos actos de conciliación.
La sentencia también "refuerza la inexistencia de responsabilidad en los prestadores de servicios y enlaces", continúa Remo, defendiendo que procesar a una persona jurídica por un delito no contemplado hacia las sociedades en el código penal es "una temeridad procesal".
Lo que el demandado busca es tan sólo notoriedad. Si hubiera tenido intención de eliminar el enlace o tuviera base jurídica, debería haber demandado a Google y resto de buscadores, Twitter, Facebook... Pero no, sólo demandaba a Menéame sin explicar porqué.
Habrá que ver si hay recurso o no, pero desde Menéame confían en que podrán ganarlo también vista la sentencia absolutoria para todos los demandados.
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