La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Tribunal Constitucional de México, ha reconocido a Internet como un servicio básico para el desarrollo del país, con la misma consideración que la luz y el agua. La resolución se ha dictado en respuesta a una demanda de una empresa contra el trato fiscal diferenciado a las empresas que prestan exclusivamente el servicio de acceso a Internet.
La empresa demandante, según informa la prensa mexicana, reclamó que este trato distinto es inconstitucional, pero lo que ha conseguido es que el tribunal que establece la jurisprudencia en México, resuelva que “es válido y está justificado el trato fiscal diferenciado entre quienes prestan sólo el servicio de acceso a Internet, respecto quienes lo hacen a través de una red de telecomunicaciones que ofrecen otros servicios”.
Los jueces mexicanos de la Sala Segunda de la SCJN valoran que a través de la denominada “red de redes” es posible que quienes se conectan tengan a su alcance información de todos los niveles, inclusive cultural y científica de cualquier parte del mundo, lo que contribuye al progreso de la colectividad.
Vía | El Universal