Desde que la "Ley de Propiedad Intelectual":https://www.genbeta.com/actualidad/la-actual-ley-de-propiedad-intelectual-en-cifras-y-ahora-que fue aprobada se ha hablado largo y tendido sobre su posible impacto en la sociedad española. Múltiples webs han sido retiradas en los últimos meses pero hasta la fecha la nueva LPI nunca había afectado a un internauta. Decimos 'hasta la fecha' porque hoy hemos conocido la primera sentencia judicial que obliga a un ISP a desconectar a un usuario.
La cablera en cuestión es la gallega R. Según informa Expansión, R ha recibido una orden judicial para que el usuario conocido como _nito75_ deje de tener acceso a internet a través del ISP español. ¿Por qué? Por haber compartido archivos de música en redes P2P.
Esta orden de desconexión tiene su origen en la Audiencia Provincial de Barcelona y en una denuncia presentada por Promusicae, que cuenta también con el respaldo de las principales discográficas: Sony Music, Universal Music, Warner Music y EMI. Lo más llamativo es que la orden de desconexión se produce después de que en primera instancia la petición de Promusicae fuese desestimada y sin que haya podido probarse que _nito75_ compartía los archivos con ánimo de lucro.
Estamos ante un grave precedente para la industria _online_ española. _Nito75_ es el primer usuario desconectado en nuestro país y quién sabe si su caso marcará la actuación de los ISPs en los próximos meses.
Vía | Expansión
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zcullyx
Otro juez del PP que no entiende la diferencia entre compartir y piratear.
Usuario desactivado
El PP ya ha hecho publica su posicion oficial: "Ha sido ETA"
hegogo
Estas acciones judiciales más que meter miedo a la gente producen indignación. El sistema está desesperado porque ya no saben como sacar tajada.
sergio.iglesiaspardo
A mi que me explique este señor juez como ha sido capaz de demostrar que ha sido el, cosa que a simple vista puede parecer fácil, y es muy posible que haya sido el, pero como demuestran que no ha sido otra persona ajena conectada a su conexión? En este caso parece fácil y descarado, pero en fin, lo veo un poco turbio de demostrar con claridad. Ya que que nosotros los españoles sepamos, una persona es inocente hasta que se demuestra lo contrario(se supone).
Fuera aparte de eso, me sorprende mucho mas que consideren este tipo de sentencias, como efectivas. En mi opinión lo mas que se puede conseguir con esto es que esta persona se conecte mediante una conexión que no este a su nombre de forma ilegal (robando la contraseña o en sitios gratuitos). Con lo cual dicha sentencia no va a impedir que estas personas sigan compartiendo sus cosas.
Es una pena que tanto las empresas como el gobierno se opongan a este tipo de practicas dado que actualmente ya se esta demostrando, por empresas de cine, música, actores, etc; que si se aprovechan bien este tipo de practicas, bien con publi o otros métodos indirectos, se obtiene muchísimo mas beneficio que con las simples ventas que obtendrían de forma legal.
Por otro lado esto beneficia a la mayor parte de personas que forman parte de estos negocios(creo que a lo mejor exceptuando a los mas sumamente ricos, por ahí es por donde anda el problema en las influencias), dado que si la información (música, películas, etc) no llegase de forma tan fácil y gratuita a la gente habría muchas personas que actualmente son conocidas por sus obras que sencillamente habrían quedado en el olvido.
Creo que las politicas de muchas empresas asi como la de nuestro gobierno en estos aspectos, se encuentra por asi decirlo al nivel de la iglesia con respecto a la sociedad. Hay que avanzar y sacar beneficio y adaptarse a lo nuevo, en vez de pelear contra algo de lo que tarde o temprano nos daremos cuenta que era beneficioso para la gran mayoría.
vicsanca
Que se cambie el nick a nito76