Un juez de Pamplona, en el juzgado de lo penal número 4, ha condenado a dos años y un día de prisión a un hombre de 30 años que difundió en Twitter una foto de la víctima de la violación de La Manada de Pamplona durante los Sanfermines de 2016, según informa El Periódico. A diferencia de otras fotos y datos difundidas en foros, donde se reconocía el rostro de la víctima, este individuo, además de acusar a la víctima de mentir, compartió una imagen del momento de la violación.
El tribunal considera que el hombre es culpable de un delito de revelación de secretos en concurso con un delito contra la integridad moral, y da por probado que el 5 de diciembre de 2017 compartió la imagen de la violación. Además, los hechos no quedan ahí, pues según leemos en el citado medio, el acusado, ahora declarado culpable, tuvo ánimo de divulgar y difundir la imagen, algo que el tribunal extrae del uso del hashtag #LaManada.
La sentencia es recurrible, pero es otra prueba más de que lo que se hace en redes sociales también se castiga
Desde la aparición de las redes sociales, se ha hablado mucho de la impunidad de los actos en redes sociales, y si bien las principales plataformas podrían luchar mejor contra el acoso y los contenidos tóxicos, la justicia y los cuerpos de seguridad prestan mucha atención a lo que ocurre en ellas. Esta sentencia es una prueba más de ello, y al pasar de los dos años, hará que el culpable pise la prisión, tuviera o no tuviera antecedentes.
Según el juez Labella, el uso del lenguaje y el hashtag empleado en el tuit "descarta cualquier otro móvil que no sea precisamente el de vulnerar el derecho a la intimidad de la denunciante". Logró su cometido con 16 retuits y 64 comentarios, que son cifras que ya suponen un daño altísimo, aunque tampoco podemos hablar de viralidad.
Eso sí, el fallo es recurrible, como lo fue la propia sentencia de La Manada, a la que luego el Tribunal Supremo aumentó las penas. El culpable alegó que "desconocía el auto con la prohibición de difundir las imágenes", según leemos en El País, y en la sentencia el juez concluye que se desconoce cómo dichas imágenes, que estaban bajo secreto de sumario, se han difundido fuera de los juzgados.
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