Según informan algunos medios como nuestros compañeros de Pymes y Autónomos, el Tribunal de Justicia (TSJ) de La Rioja ha admitido como causa de despido disciplinario la conexión abusiva a las redes sociales durante la jornada de trabajo.
Este hecho, realmente habitual en su versión más ligera, supone la utilización indebida de los medios de la empresa y el abandono puntual de las labores objeto del contrato laboral. Aún así cabe destacar que este caso ha sido aprobado por dos motivos fundamentales: el uso abusivo y la mala fe.
El abuso de confianza derivado del caso se demuestra por las más de 70 conexiones que fueron detectadas durante una jornada, lo cual refleja el grado de abandono que tenía hacia su trabajo.
Además, reiteró su comportamiento aún cuando la empresa le aclaró la normativa interna respecto a la navegación por páginas “inapropiadas” (dígase pornográficas) o lúdicas, incluyendo las redes sociales. Esto sobrepasa la confianza depositada por la empresa y prueba la falta de buena fe por parte de la trabajadora según el tribunal.
Ante la actitud reiterada de la empleada, la empresa auditó el ordenador descubriendo y midiendo el increíble número de conexiones y tiempo malgastado en estas redes durante su jornada laboral, motivo por el que fue despedida. Dicho despido fue denunciado por la trabajadora pero resultó aprobado por el Juzgado de lo social. Se interpuso un recurso contra la sentencia por vulneración de su intimidad que finalmente ha sido rechazado.
Esto demuestra que el peligro no se encuentra en las redes sociales (o en los contenidos de internet) sino en el uso excesivo de las mismas en la jornada de trabajo vulnerando los límites establecidos por el empleador e incurriendo en un abuso de confianza y mala fe por parte del empleado.
Vía | Expansión
En Pymes y Autónomos | Se admite como causa de despido que el trabajador se conecte a las redes sociales en el trabajo
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Imagen | Balleyne