Hacienda devolverá hasta 4.000 euros por cotizaciones que cobró de más a los actuales pensionistas
Son muchos los mutualistas de nuestro país que por un fallo de la propia Hacienda en su día pagaron en conceptos de cotizaciones mucho más dinero del que correspondía. Ante este hecho, la Agencia Tributaria habilitó el 19 de marzo un formulario para que todos estos afectados pudieran solicitar el dinero que les corresponde, con una cifra que puede llegar hasta los 4.000 euros.
Un trámite que posteriormente se pidió retrasar hasta el 20 de abril con el objetivo de que la AEAT pudiera recabar los datos de la Seguridad Social y otros organismos. Pero una vez presentada la solicitud de reembolso, llega el momento en el que se inicia un periodo de transición hasta que la Agencia Tributaria da el 'Okey' a este trámite. Es por ello la importancia de consultar el estado de tramitación.
Ya puedes consultar cuándo cobrarás los 4.000 euros por tus cotizaciones indebidas
Consultar el estado es realmente importante, ya que aunque en un principio para este trámite no hace falta aportar documentación, la Agencia Tributaria va a poder solicitar datos complementarios como tu vida laboral. Pero igualmente, como nos tiene acostumbrada Hacienda, este es un trámite que no es inmediato y que va a tardar un poco en ser aprobado. La documentación también se puede pedir en el caso de que el pago se haga a los herederos.
Aunque como decimos, hay forma de consultar el estado de la tramitación de tu devolución si eres mutualista. Para ello simplemente tendrás que acceder a la web de Hacienda dedicada a las devoluciones, siendo esta la misma que tuviste que usar para presentar la solicitud.s
Si bien, entre las opciones que aparecen vas a tener que pulsar en Consulta estado tramitación formulario. Para acceder a la información simplemente tendrás que iniciar sesión con tu certificado digital, Cl@ve o el número de referencia. Al identificarte te van a aparecer alguno de los siguientes estados:
- Resulta una cantidad a devolver: se producirá el abono de dicho importe en la cuenta bancaria indicada próximamente.
- No resulta cantidad a devolver: el solicitante recibirá una comunicación indicando esta circunstancia y el motivo. Si al solicitante no se le han aplicado retenciones, o bien ya se le han devuelto cuando presentó la declaración, en términos generales no habrá ya tributación que reducir por esta normativa.
- No es posible calcular la reducción a aplicar con la información disponible: la AEAT le solicitará información adicional para realizar dicho cálculo.
Como se puede ver, los estados son escasos y la verdad es que concisos. El tiempo que se tarda en llegar al final del procedimiento y tener una respuesta es completamente variable, aunque si no se recibe respuesta en seis meses se puede entender que ha sido denegado por silencio administrativo.
Imágenes | Markus Spiske
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