El día ha llegado da manera oficial tras el repentino adelanto de ayer. Desde el 11 de abril de 2023 a las 00:00 ya se puede solicitar el borrador de la Declaración de la Renta 2022 y presentarlo completándolo con la información faltante para poder declarar los ingresos y los gastos deducibles durante todo el año anterior. Con este trámite tributario se trata de liquidar el IRPF para obtener la correspondiente devolución o tener que pagar la diferencia, siempre dependiendo de la cantidad de impuesto que se haya pagado en cada nómina y todos los ingresos que se hayan recibido.
Para poder facilitar la tramitación de este modelo 100, se realiza a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria hasta el próximo 30 de junio. Pero también se va a poder optar por otro tipo de citas a través para poder realizar la presentación en una oficina tributaria de manera presencial e incluso a través del propio teléfono, aunque para estas citas todavía habrá que esperar hasta el mes que viene.
Con el objetivo de prepararnos para esta etapa, la Agencia Tributaria publicó hace ya varias semanas los datos fiscales de todos los contribuyentes, con los ingresos que se ha tenido y las retenciones que deberán figurar en la declaración oficial. Toda esta información debe ser contrastada con los documentos que tengas en casa, ya que al final los datos que se ofrecen son informativos. Y como es algo que no es demasiado sencillo, también se permite realizar una simulación para indagar en todas estas casillas y consultar si sale a devolver o a pagar.
Quién está obligado a hacer la Declaración de la Renta 2022
Antes de hacer este trámite es importante conocer si estás obligado o no a hacerlo. Es importante destacar que siempre recomendamos acceder al borrador para poder consultar si sale a devolver, algo que puede ser común si no se tiene ingresos altos y la retención en cada nómina es considerable. Y es que aunque no estés obligado a ello, vas a poder realizar la consulta sin el compromiso de presentarlo (aunque te salga a pagar en el resultado final). Y es que únicamente van a estar obligados a realizar este trámite las siguientes personas:
- Contribuyentes con ingresos superiores a 22.000 euros de un único pagador.
- Contribuyentes con ingresos superiores a 14.000 euros si se cuenta con dos o más pagadores (dos empresas diferentes, un trabajo y también una prestación por desempleo entre medias…).
- Si se tienen rendimientos de capital inmobiliario o ganancias patrimoniales superiores a 1.600 euros. (Por ejemplo, el bono joven de alquiler).
- Trabajadores autónomos.
- Contribuyentes que reciben como mínimo 1000 euros brutos en rentas inmobiliarias, rendimientos de Letras del Tesoro o subvenciones relacionadas con la adquisición de viviendas VPO.
Cómo acceder al borrador de la Renta
Para poder conseguir acceder al borrador, vas a tener que acceder a la web de la Agencia Tributaria dedicada a la 'Renta 2022'. Aquí vas a poder comenzar obteniendo tu número de referencia, que es el identificador único de cada contribuyente para poder acceder al borrador sin necesidad de un sistema de identificación digital. En este caso se va a poder conseguir la referencia a través de una videollamada con un agente tributario o con la casilla 505 de la Renta 2021. Pero en el caso de que tengas certificado digital o sistema Cl@ve es algo totalmente omitible.
Cuando te puedas identificar, vas a tener que hacer clic en Servicio tramitación del borrador / declaración (Renta WEB). Aquí vas a poder introducir tu sistema de identificación digital o especificar tu DNI, la fecha de caducidad del mismo (o de expedición) y la referencia que has obtenido como hemos comentado previamente.
Qué hacer una vez te has identificado
Una vez has accedido a tu espacio personal dentro de la Agencia Tributaria, vas a poder encontrar un gran listado de opciones disponibles. Para poder acceder al borrador y presentar la declaración se va a tener que pulsar en Borrador/Declaración (Renta WEB). A partir de aquí en un primer momento se va a pedir exportar los datos tributarios como por ejemplo tus rendimientos económicos (aunque en el caso de ser autónomos habrá que rechazarlo), o tus datos personales como se muestra en el siguiente vídeo de la Agencia Tributaria.
Tras incluir todos estos datos, se va a tener que hacer una revisión exhaustiva de toda la información pasando por las diferentes páginas. En la parte superior de la declaración tras pulsar en Más opciones vas a poder encontrar un desplazable para moverte entre las páginas y realizar búsquedas de casillas concretas. Hay que hacer hincapié en los rendimientos económicos, las retenciones practicadas y también las cotizaciones a la Seguridad Social que se han practicado. Además, es interesante comprobar las posibles deducciones por maternidad, reformas o apuesta por la energía verde entre otras, ya que te puede ahorrar mucho dinero. Pero siempre todo esto debe estar justificado con documentación.
En el caso de que no estés seguro de algo, debes recordar que hay opciones de pedir cita previa con Hacienda para que un agente tributario te asesore más adelante. Pero si eres capaz de llegar hasta el final, verás un resumen con todos los datos que has introducido con la posibilidad de pulsar en la parte superior a Presentar declaración. Se deberá introducir una cuenta bancaria válida para recibir la devolución o elegir el fraccionamiento del pago que se deba hacer.
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