Usar el logo de una marca sin su autorización puede conllevar penas de cárcel de varios meses
Cunado se hace una contratación de un servicio de alarma en una vivienda lo normal es que en la fachada de esta se instale un cartel para "avisar" a los ladrones. Pero en otras viviendas se usan también estos carteles pese a no tener alarmas instaladas para poder disuadir a los ladrones que quieran entrar. Pero lo lógico en estos casos es plantearse si esto es algo legal.
Simplemente dándose una vuelta por el barrio podrás ver la gran cantidad de casas que tienen en sus fachadas este tipo de avisos, pero seguro que en algunas de ellas no está instalada. Y la realidad es que en algunos casos esto puede estar penado con importantes multas.
Los carteles de alarma pueden no ser siempre legales en tu fachada
Ahora mismo tener avisos que son "genéricos" son completamente legales. Estos son aquellos que solo avisan que la vivienda está protegida con un sistema de vigilancia, pero sin detallar el tipo de alarma que está instalada. Es decir, no cuentan con el logotipo de ninguna compañía. El problema es que estos carteles no "dan tanto miedo a los ladrones".
El problema está cuando los propietarios instalan carteles donde aparece el logotipo de alguna de las empresas de seguridad más importantes como Prosergur, Securitas Direct o ADT. Y aquí es donde entra en juego las sanciones que se recogen en la legislación en materia de propiedad intelectual.
El hecho de instalar un cartel con el logotipo de una marca y que no tengamos sus servicios contratados hace que se esté atentando contra sus derechos de propiedad intelectual. El logotipo que están presentes en estos carteles están registrados como una marca, y para poder usarlos hace falta el permiso de la compañía.
En caso de no ser así va a entrar en juego la Ley 17/2001 de Marcas y el artículo 274 del Código Penal. En este se muestra que usar las marcas y el nombre comercial sin permiso está castigado con penas de cárcel de entre seis meses y tres años, así como una multa de 12 a 24 meses.
Pero si hablamos de legislación, también debemos tener en cuenta los requisitos necesarios cuando se tiene un sistema de videovigilancia activo. En estos casos el cartel de aviso debe contar con un aviso claro de cómo se van a gestionar las imágenes recopiladas por el sistema ajustándose a la norma del RGPD. En concreto, se deberá recoger el responsable del tratamiento y cómo se puede ejercer el derecho de acceso a los datos.
Esto hace que se tenga que tener mucho cuidado con una acción tan sencilla como es instalar un cartel en la fachada, ya que incluso en muchos casos puede generar un efecto llamada a los ladrones. Esto se debe a que puede ser indicativo de algo valioso se guarda en esas paredes, haciendo que sea una casa más atractiva según la empresa Segurma.
Pero además poner un cartel falso puede no ser buena idea para esta misión de disuasión, porque los ladrones ya están "entrenados" para diferenciar entre los carteles que son verdaderos y aquellos que son genéricos.
Imágenes | Steffen Salow
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