La pandemia por COVID-19 ha provocado que muchas personas hayan descubierto las bondades que tiene el teletrabajo en el día a día. Pero el hecho de ser algo tan nuevo en nuestro país, está provocando una gran cantidad de conflictos en las empresas que están acabando en los Tribunales Sociales de nuestro país. Ahora hemos conocido un nuevo caso de despido en el que un trabajador quiso abusar del teletrabajo, pero que al final le salió realmente mal.
El trabajador objeto de esta nueva demanda venía desarrollando una actividad desde agosto de 2019 como gestor telefónico. Como consecuencia de la pandemia, desarrolló la actividad desde casa en modalidad de teletrabajo, aunque en 2021 al final se le solicitó volver a trabajar de manera presencial en la oficina. Pero este trabajador decidió argumentar su miedo a contagiarse por COVID-19, teniendo al final un despido disciplinario que no dudó en recurrir.
El miedo al contagio por COVID no es excusa para teletrabajar
El hecho de ausentarse del puesto de trabajo sin una justificación clara es algo realmente grave, que puede terminar en el despido inmediato. Y esto es precisamente lo que hizo este trabajador, que comenzó solicitando unas vacaciones que fueron denegadas y después queriendo alargar el teletrabajo, aunque había sido denegado por todos los medios.
En el recurso que se interpuso ante la Salsa de lo Social, el trabajador quiso aclarar que había sido discriminado al vulnerar su derecho a la salud. Esto se debe a que este padre trabajador tenía bastante miedo de contraer la COVID y contagiar a sus tres hijos y el resto de familiares con los que convive. Es por ello que quería a toda costa no ir a la oficina.
Pero estas razones no tuvieron ningún peso para los jueces que decretaron este despido como procedente, ya que no se recogen que estos miedos puedan ser motivo de justificación para sus faltas al trabajo. Y es que aunque intentara argumentar que todas estas ausencias en la oficina estaban justificadas por haberlas hecho en modalidad teletrabajo, el pretexto de que la empresa le denegara esta modalidad las deja injustificadas.
Casos como este nos hace recordad que el teletrabajo siempre debe ser aprobado por la empresa. En el caso de que un superior te requiera en modalidad presencial, no vas a poder decir que no, y tendrás que acudir siempre a tu puesto de trabajo. Las ausencias en este sentido pueden ser no justificadas y al final te llegará una carta de despido por incumplir el Estatuto de los Trabajadores.
Fuente | Consejo General del Poder Judicial
Vía | E&J
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