Aunque parece que la época del cierre masivo de webs de descargas ya pasó, la realidad se empeña en hacernos recordar que la polémica aún está muy viva para las asociaciones gestoras de derechos y los titulares. Tras denunciar a páginas web de descarga, por "utilizar el protocolo BitTorrent" en descargas de obras protegidas, la Asociación de Gestión de Derechos Propiedad Intelectual (AGEDI) se ha hecho con la suya, y el Juzgado Mercantil número 1 de Barcelona le ha dado la razón con una sentencia que obliga a bloquear el acceso a siete web. Son 1337x.to, Masquetorrent.com, Isohunt.to, Limetorrents.cc, Torlock.com, Torrentfunk.com y Extratorrent.cd.
Como vemos, en la lista encontramos a nombres destacadísimos de la escena de descargas. 1337x ha ocupado el puesto 274 en el ranking Alexa y ha tenido más de 85 millones de visitas, según afirma AGEDI basándose en datos de SimilarWeb. En cuanto al asunto financiero, la web habría obtenido 1.314.606 dólares, de acuerdo a Site Worth Traffic. 1337 ocupa el tercer lugar de la lista de las 10 webs de descargas torrent más usadas, pero no es la única destacada. Limetorrents se sitúa en el puesto 7 de la lista. Otras, aunque no están, también son extremadamente populares.
La sentencia obligará a los operadores (ISP) españoles a bloquear los dominios, pero las webs no serán cerradas, como ha ocurrido en otras ocasiones. Así, Vodafone, Movistar, Orange, Jazztel, MásMóvil y Yoigo deberán asegurarse de que sus clientes no pueden seguir accediendo a dichas webs.
Una sentencia que llega en un contexto cada vez más negativo para Internet
La decisión del juzgado no es extraña en un contexto en el que la "Ley Sinde" se ha recrudecido con el voto del PP, PSOE y Ciudadanos, pues se ha eliminado definitivamente la figura del juez en el proceso de cierre de páginas web, además de ser una censura, que según Carlos Sánchez Almeida "prescinde de prestadores de servicios de publicidad, pago y hosting. Pueden ser sancionados si no colaboran, pero los dejan al margen del procedimiento, totalmente indefensos".
Es la Comisión de Propiedad Intelectual la responsable de decidir qué es actividad ilícita, además de decir qué práctica supone una infracción de los derechos de autor y cuando existe una reiteración, la medida arbitraria por la cual se sustituye la actuación del juez. La reiteración es declarada por la propia Comisión.
Una vez pasado el trámite del Senado (sólo queda su publicación en el Boletín Oficial del Estado), la nueva "Ley Sinde" será un instrumento más eficaz en la lucha contra las webs de descarga, pese a que en la era de Spotify, HBO, Amazon y Netflix las quejas de las asociaciones cada vez parezaca que tienen menos sentido.
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