Un juez ordena bloquear el acceso a una única palabra en la web de la RAE

Hay todo un debate filosófico sobre la relación lenguaje/pensamiento detrás de esto, no os creáis

Un juez argentino acaba de exigir a la Real Academia Española (RAE) que retire de su Diccionario lo que entienden que es una acepción discriminatoria del término "judío" en su Diccionario. Esto, claro está, ha desatado un intenso debate sobre el lenguaje, la discriminación y... censura de Internet.

Y es que, además de ordenar la eliminación de la definición, el juez dispuso el bloqueo del enlace a dicha definición en el sitio web de la RAE hasta que la institución cumpla con la resolución.

La denuncia

Ayer jueves, juez federal Ariel Lijo ordenó a la RAE la supresión inmediata de la quinta acepción de la palabra "judío" que aparece en el Diccionario de la Lengua Española, donde se describe a una persona como "avariciosa o usurera". Esta acepción, de la que la propia RAE ya advierte sobre su naturaleza "ofensiva o discriminatoria", ha sido ya objeto de múltiples denuncias.

Todo comenzó a raíz de una denuncia presentada el 28 de agosto por Claudio Epelman, del Congreso Judío Latinoamericano, y Jorge Knoblovits, de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas. La acusación señala que esta acepción constituye un "discurso de odio" que incita a la discriminación religiosa, lo que viola la ley argentina.

Los antecedentes

En los últimos cuatro años diversas organizaciones judías habían solicitado a la RAE la eliminación de esta acepción... pero la RAE, a través de su director Santiago Muñoz Machado, se había negado, argumentando que el término estaba respaldado por el uso histórico, a pesar de su carácter ofensivo. En respuesta a las críticas, la RAE agregó la advertencia de que dicho uso puede ser ofensivo o discriminatorio, pero se mantuvo la acepción.

Y es que la RAE siempre ha sostenido que el diccionario no inventa las palabras ni los usos, sino que se hace eco de aquellos que están documentados en el uso real de la lengua.

El huevo de la conducta y la gallina del lenguaje

El juez subrayó que el Diccionario de la Lengua Española tiene un impacto global que no puede ser ignorado... porque la lengua cuenta con más de 599 millones de hablantes potenciales (que no es lo mismo que decir que el Diccionario cuenta con dicha cantidad de lectores).

Según Lijo, el simple hecho de que una acepción peyorativa esté incluida en una obra de referencia tan influyente tiene la capacidad de "condicionar la conducta" de los usuarios del idioma, perpetuando estereotipos negativos. La argumentación de la RAE sería la contraria: es porque existen esas conductas que el lenguaje se ve afectado por las mismas.

Todo gira en torno a cuál es la causa y cuál el efecto, a si la gente insulta porque discrimina o si se cree que la discriminación se genera a raíz de que se ponga por escrito el insulto

Por otra parte, el fallo también destaca otros precedentes en los que la RAE ha modificado acepciones ofensivas en el pasado, lo que demostraría que el diccionario no es estático y que puede "adaptarse a las sensibilidades sociales contemporáneas". Se ponen dos ejemplos recientes de ello:

  • La eliminación en 2018 de la acepción de "fácil" como "mujer que se presta al sexo sin problemas", para pasar a hablar de "persona".
  • La palabra "gitano", que fue cambiada en 2015 para indicar que su acepción de "trapacero" era discriminatoria... pero ése es el mismo cambio ya realizado en la acepción de 'judío' que nos ocupa.

Repercusiones para los usuarios de Internet

La orden de bloqueo en el acceso a esa URL concreta del sitio web de la RAE desde Argentina (hasta que se cumpla la sentencia) se ha dictado con efecto "inmediato", pero aún no se está aplicando (aunque cuando se haga será fácilmente solventable vía VPN... si no se persigue a los usuarios, como en Brasil con X.com).

Vía | Infobae

Imagen | Marcos Merino mediante IA + Logo RAE + Emojis

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