El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que insertar un vídeo con derechos de autor no inflinge el copyright, por lo que no puede ser considerado como una infracción. La sentencia también incluye los casos en los que el vídeo que se inserta ha sido subido a la red sin el permiso del titular de los derechos.
Según informa TorrentFreak, esta sentencia ha llegado después de que un tribunal alemán remitiera al Europeo un caso en el que BestWater, una empresa de filtrado de agua, acusaba a dos agentes de la competencia de haber insertado uno de sus vídeos de YouTube en una de sus páginas web personales.
El Tribunal de Justicia ha sostenido que la inserción de un archivo o un vídeo no viola los derechos de autor siempre y cuando ni se altere el contenido ni se publique ante un nuevo público. En este caso, como el vídeo ya estaba subido a YouTube no se ha considerado una nueva publicación, y como los agentes tampoco habían alterado su contenido el Tribunal no lo ha considerado un acto punible.
El Tribunal ha basado su veredicto en fallo del caso Svensson, en el que se sentenció que enlazar un trabajo previamente publicado no era una infracción de copyright. Estas dos sentencias unidas suponen un antecedente que será vital a la hora de juzgar en el futuro casos relacionados con enlazar o insertar contenidos con derechos de autor en una página web.
Además, estas sentencias suponen también un marco que eximirá de responsabilidad a los usuarios que compartan en la red vídeos o imágenes pertenecientes a otras páginas web, y también servirán para proteger el futuro de los portales de streaming que usen unos contenidos de terceros que en ocasiones pudieran infringir el copyright.
Vía | TorrentFreak
Imagen | Luigi Rosa
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