El Gobierno quiere más multas a las empresas que no respeten la jornada laboral: sanción por cada trabajador que haga horas extra

Según información que se ha filtrado por "fuentes sindicales" el Ministerio de Trabajo quiere obligar a que el registro sea electrónico, y que esté conectado directamente con la Inspección

Ya hemos visto que en España, mientras se reduce ligeramente la jornada laboral, el Ministerio de Trabajo también quiere acabar con las horas extra, tan comunes sobre todo en ciertos sectores como la hostelería o las grandes consultoras y, para ello, se exigirá a las empresas registrar los horarios de entrada y salida de los trabajadores.

Según información que se ha filtrado por "fuentes sindicales" y que ha publicado la revista Autónomos y Emprendedores, el Gobierno está negociando con la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y los sindicatos medidas relacionadas con el control horario, para obligar a que el registro sea electrónico, y que esté conectado directamente con la Inspección.

Y, de acuerdo con las mismas fuentes, las sanciones podrían incluso superar los 7.500 euros que se contemplan actualmente como máximo y sería por cada trabajador que no esté registrando sus horas de forma correcta. Además, como se quiere conectar a un programa informático, sería más fácil llevar a cabo el control.

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Cuáles son los principales cambios

Además de la intención de conectar de manera directa el programa para el registro de horas con  la Inspección de Trabajo, se busca cambiar el régimen de sanciones en los casos más graves. Por ejemplo, en los que no exista el registro horario o éste se haya manipulado de forma fraudulenta.

Ahora las sanciones son de hasta 7.500 euros por el conjunto de empleados. Es decir, que se enfrenta a la misma multa una empresa grande que un autónomo o autónoma con un solo trabajador a su cargo en caso de infracción. Y, según las informaciones, el objetivo sería que estas multas sean por cada uno de los incumplimientos.

Como ya hemos recogido en Genbeta, el registro de la jornada laboral para todos los trabajadores es obligatorio desde abril de 2018 con el objetivo de acabar con las horas extras no remuneradas. Así lo recoge el Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, publicado en el BOE. El objetivo ahora es realmente controlar que se lleva a cabo.

Al mismo tiempo, en estos años han salido sentencias invalidando ciertas formas de control al fichaje de entrada y salida de los trabajadores por incumplir normas como la Ley de Protección de Datos.

Como explicaban hace unos meses desde el Ministerio de Trabajo, "la norma no establece una modalidad específica o predeterminada para el registro diario de la jornada, limitándose a señalar que se debe llevar a cabo día a día e incluir el momento de inicio y finalización de la jornada. Para ello,  y sobre el resto de elementos configuradores, llama a la  autorregulación, mediante la negociación colectiva o el acuerdo de  empresa".

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