La recta final de la campaña de la renta está colapsando a los asesores fiscales de consultas relacionadas con las criptomonedas. Ante la saturación y la escasez de profesionales con experiencia en este ámbito, las peticiones de consejos se están trasladando a la red y están presentándose guías sobre fiscalidad como la de la start-up española Atani.
Esta joven compañía, a la que dedicamos un reportaje hace algo más de un año, no ofrece servicios de asesoramiento fiscal ni nada que se le parezca, aunque ha decidido publicar este manual para orientar a los contribuyentes españoles poseedores de criptodivisas interpretando la legislación vigente.
Interpretando una legislación (todavía) no adaptada a la irrupción de las criptomonedas
España, como sabemos, carece hasta la fecha de leyes específicas sobre esta materia, aunque los expertos suelen coincidir en que son los usuarios los que están obligados a comunicarse con Hacienda para declarar las operaciones.
La posesión de criptomonedas, en nuestro país, supone la tenencia de un activo intangible. El panorama, no obstante, cambiará cuando entre en vigor la nueva ley contra el fraude fiscal que contempla la obligatoriedad de informar sobre titularidad y saldos. "Se hace necesario tener un mayor control sobre las criptomonedas", explican desde Moncloa al presentar este proyecto.
Por ahora, y específicamente de cara a la campaña de la renta de 2020, la que tenemos en marcha hasta el 30 de junio de este 2021, la guía de Atani deja claro que actualmente, en materia de criptoactivos, "existen diferentes pronunciamientos administrativos emitidos". Estos, por tanto, son los que esencialmente nos dejan las pistas de lo que los poseedores de criptodivisas deben hacer.
Por ejemplo, el manual destaca que "constituye el hecho imponible del IRPF la obtención de renta por el contribuyente", por lo que "no son objeto de declaración aquellas operaciones que no generan un hecho imponible por no constituir una alteración patrimonial". Y enumera qué operaciones deberían ser objeto de declaración y de qué manera y cuáles no, haciendo además una distinción entre las que ya existe un pronunciamiento administrativo y, por otro, operaciones sobre las que no existe.
"En la mayoría de países los contribuyentes están obligados a declarar los beneficios derivados de las operaciones con criptomonedas", recuerdan desde Atani en la introducción.
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