La Directiva sobre los Derechos de Autor y Derechos Afines en el Mercado Único Digital es la norma comunitaria destinada a armonizar la legislación de los países de la Unión Europea. Una directiva cuestionada como pocas que debería haberse transpuesto —es decir, incorporarse a las respectivas legislaciones nacionales— este 7 de junio. España no lo ha hecho.
Durante los últimos días del pasado mes de mayo se especuló con la posibilidad de que la transposición, que se hará reformando la Ley de Propiedad Intelectual y ha sido bautizada como #LeyUribes, se llevase a término de forma inminente mediante un real decreto ley. Algo que no ha sucedido, aunque eso podría cambiar en las próximas semanas de acuerdo con unas recientes declaraciones del ministro de Cultura y Deporte, José Manuel Rodríguez Uribes.
La trasposición debería haberse producido en el plazo marcado, en este caso dos años que terminaban hoy. De no hacerse, la Comisión Europea puede incoar un procedimiento de infracción e instruir un procedimiento contra el país ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Un proceso que puede terminar con multas millonarias como las que España ya ha recibido en el pasado, por ejemplo, por el retraso en la trasposición de la directiva relativa a la protección de datos.
6 meses de gracia por delante y una reunión pendiente para la ley Uribes
Pese a que han terminado los dos años establecidos en el artículo 29 de la directiva, el Gobierno tiene por delante un periodo de gracia de 6 meses para llevar a cabo la transposición antes de exponerse a sanciones, según ha declarado a la Agencia EFE la directora de la Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos, Carlota Navarrete. Un plazo que está por ver si es suficiente dado que desde el Cultura no parecen querer dar ningún paso sin antes reunirse con Thierry Breton, el comisario europeo de Mercado Interior.
Rodríguez Uribes, en declaraciones recogidas también por EFE el pasado día 31 de mayo, aseguró que antes de llevar la aprobación de la reforma al Consejo de Ministros primero debía producirse una reunión con Breton. ¿La razón? Recibir instrucciones sobre la adaptación de la directiva sobre derechos de autor que, justamente, llegaron el pasado viernes.
El ministro aseguró que el comisario "se comprometió a sacar unas orientaciones generales para todos los países" y no lo había hecho hasta ese momento. "Llevamos todo un proceso en España escuchando a todos los editores de prensa, porque yo lo que quería era que cuando tomemos la decisión, que será cuando cerremos la fórmula, sea lo más integradora posible y lo más compatible con todos los sectores. Pero antes tienen que producirse esas orientaciones de la Comisión Europea", añadió Uribes.
Tras la publicación de la guía, que en particular aborda la adaptación del artículo 17, antiguo artículo 13, de la directiva 2019/790, está por ver de qué manera mueve ficha España, que no está sola en el retraso de la transposición. Como podemos ver en el Directive Implementation Tracker puesto en marcha por la asociación europea Communia, solamente Países Bajos y Hungría han completado la transposición, mientras el resto de países se encuentran en distintas fases del proceso.
Todo ello pese a que en países como el nuestro habría dado tiempo. Rodríguez Uribes, que ha terminando bautizando involuntariamente a la norma como sucedió en su día con Sinde y la ley que impulsó, lleva año y medio en el cargo. La trasposición podría haberse llevado a cabo a través de los trámites parlamentarios ordinarios y con tiempo suficiente para un debate abierto sobre la misma, sin necesidad de ir contra el reloj en tiempo de descuento.
Entidades como Wikimedia España, Creative Commons España o Xnet han alertado sobre "la opacidad del proceso llevado a cabo por el Gobierno" y los efectos de una "transposición sesgada". "Una transposición poco respetuosa con los derechos fundamentales puede transformar la directiva en una aberración legislativa digna de la lista de libros prohibidos de la Inquisición", aseguraba Simona Levi, de Xnet. Las implicaciones que podrían tener los antiguos artículo 11, 13 o 14 son numerosas y los detractores de la directiva la consideran preocupante para internet por la acción, por ejemplo, de los algoritmos a la hora de censurar o dificultar el acceso a la información.
La directiva no aplica todavía
La directiva, de acuerdo con las normas comunitarias, "es un acto dirigido a los países de la Unión Europea y estos deben transponerlo a sus derechos nacionales". Entonces es cuando, por lo general, entre en vigor. ¿Pero qué sucede cuando deberían haberse transpuesto para empezar a poder aplicarse y el proceso no se ha materializado? Pues que podrían tener un efecto directo en un país, pese a que este no la hubiese incorporado a su ordenamiento. Aunque hay peros.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea establece en su jurisprudencia que "una directiva tendrá un efecto directo si sus disposiciones son incondicionales y suficientemente claras y precisas y cuando el país de la UE no haya transpuesto la directiva antes del plazo correspondiente", según una sentencia del 4 de diciembre de 1974. Sin embargo, esta directiva no es precisamente clara.
Como confirma a Genbeta el abogado de Bufet Almeida y director legal de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información, Carlos Sánchez Almeida, esta jurisprudencia no aplicaría. "Si te lees los artículos 15, 17... y toda la directiva, clara y precisa no es, precisamente por eso hay que adaptarla a la legislación nacional, encajarla bien...", explica el letrado. Por este motivo también, entre otros, los Estados miembros llevan meses pidiendo a la Comisión Europea las orientaciones que este viernes fueron publicadas.
Sánchez Almeida añade que, en esta transposición, España debe establecer claramente "que, primero, las decisiones de borrado se tomen en última instancia por personas y no por robots, y segundo, que haya posibilidad de revisión humana dentro de la propia plataforma". Por ejemplo, que las grandes tecnológicas tengan una suerte de tribunales internos que decidan sobre la retirada de contenidos. Esto sin menoscabo de la posibilidad de acudir a la justicia ordinaria para apelar sobre una eliminación.
"Que aprovechen esos seis meses porque hay tiempo de hacerlo como ley ordinaria si se hace mediante procedimiento de urgencia. Que lo hagan así, pero en el parlamento y a la vista de todos", añade Sánchez Almeida.
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