La Audiencia Nacional sentencia que las empresas deben pagar, con dinero, los gastos por teletrabajo. Lo que esta firma hacía no vale

Esta empresa ofrecía a sus empleados días libres por cada día trabajado desde casa pero la Audiencia Nacional recuerda que la ley habla de compensación con dinero

En 2021 salió una novedosa ley que regulaba a los trabajadores en remoto para evitar que las empresas pudieran abusar del vacío legal que existía en España ante este fenómeno que llegó arrasando a causa de la pandemia. Entre otras cosas, las empresas deben pagar el coste que supone para un empleado estar en casa. Y ya hay diversas empresas que han protagonizado polémicas al respecto.

Por ejemplo en noviembre de 2022 desde Genbeta recogíamos una sentencia de la Audiencia Nacional tras una demanda de diferentes organizaciones contra la reconocida empresa Endesa por los casos de luz o electricidad que puede suponer estar online en casa muchas horas.

Hoy Xataka recoge otra nueva sentencia de la misma Audiencia Nacional que da la razón a los trabajadores de una empresa que ofrece soporte informático y con oficinas en Avilés (Asturias), Barcelona y Madrid, DXC Technology Spain.

Confilegal ha hecho público que la Audiencia Nacional ha fallado contra una empresa de soporte  informático por ofrecer días de libre disposición a sus teletrabajadores como compensación en especie por los gastos derivados del teletrabajo. Esto en vez de asumir los gastos, como exige la ley.

Dinero o días libres

En total, 1.118 trabajadores de los centros de Avilés, Madrid y Barcelona tendrán el derecho a recibir la prestación económica desde abril de 2023. Dice la sentencia que compensar los gastos en teletrabajo es de obligado cumplimiento según establece la Ley 10/2021 de 9 de julio de trabajo a distancia.

También se ha declarado nula la cláusula de la empresa en la que se sustituía la compensación por dos días libres. La empresa tenía recogido que esa medida era mejor para la plantilla.

La empresa entendía, con esta compensación que ofreciendo días libres compensaba los días en los que los empleados estaban en casa. Pero para la Sala esto no puede ser así por ser contrario a derecho. Ahora, el acuerdo alcanzado con UGT reconoce esos días de  libre disposición a quienes trabajan a distancia, pero en ningún caso  como contraprestación a los gastos.

En Genbeta | Un estudio compara qué supone trabajar cuatro días con hacerlo cinco o seis: cambia mucho nuestra relación con la empresa

Imagen | Foto de Tingey Injury Law Firm en Unsplash

Vía | Xataka

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