La Policía vincula a una parte del 15-M con IU y afirma que el movimiento está fatigado y desgastado

Me tomo a risa el rigor del documento pero me preocupa que estos señores conviertan esos informes en la base de la criminalización del 15-M.” – Gaspar Llamazares

Que un cuerpo policial se dedique a investigar la posible filiación política de unos manifestantes es… difícil de aceptar. Si en los informes que tiene el Ministerio del Interior hablaran solamente de antecedentes delictivos de algún miembro del movimiento 15-M, aún la cosa tendría su lógica en virtud de la función que tiene la Policía de garantizar el orden. Pero cuando se mezclan ideales e investigación política la cosa cambia y pasa a oler peor que Dinamarca en tiempos de Hamlet.

Dicen que Izquierda Unida ejerce una gran influencia sobre el movimiento 15-M pese a la resistencia de las asambleas a que nadie acapare el protagonismo, en alusión a Democracia Real Ya, y que se observa una “manifiesta fractura” en el seno del 15-M que obedece a una “patente fatiga y decadencia del movimiento por desgaste”.

De hecho, algunas de las cosas que afirma la Policía no son noticia. No hace mucho uno de nuestros comentaristas más activos en este tema, bloodykefka, lo explicaba en Nación Red:

El movimiento perdió muchos adeptos por la toma de algunos sectores radicales del movimiento y el último escándalo en Democracia Real Ya. Eso no quita que obviamente que el movimiento siga es importante, que yo veo “este parón” como lo normal en un movimiento de tanto calibre y que está medianamente consolidado.

No tenemos constancia de que bloodykefka sea agente de la Policía, así que daremos por buena la intuición que nos dice que todo esto flota en el ambiente. Lo escandaloso del asunto no es cómo se gestione el 15-M, sino que la Policía Nacional se dedique a investigar asuntos político-sociales que poco tienen que ver con actividades delictivas. Veamos cómo lo explican:

Todo apunta a que Democracia Real Ya intenta monopolizar el 15-M, atribuyéndose el protagonismo del mismo y su amplia repercusión social. Como antecedentes de la fractura del propio Democracia Real Ya mencionaremos su inscripción como asociación por parte de algunos responsables de dicha plataforma, en contra de y a espaldas de la propia plataforma (según sus propias afirmaciones). Ello ha llevado a que, según comunicado del NODO local de Democracia Real Ya de Madrid, han sido expulsados los impulsores del registro como asociación: Fabio Daniel Gándara Pumar, Carlos Paredes González, Miguel Yarza González, Pablo Gallego García y Olga Mikhalova.
Si bien el movimiento [15-M] se constituyó de forma aparente, por la iniciativa de grupos de indignados que, críticos con la situación social, irrumpieron en la escena urbana en reivindicación de los derechos sociales, es bien conocido que el origen de tales movilizaciones tiene su base en grupos y organizaciones previamente establecidos, entre los que mencionaremos CNT, CGT, Asociación Universitaria Rise UP, de la Universidad Carlos III, Asociaciones de Estudiantes de la Universidad Alcalá de Henares, Colectivo Rompimos el Silencio, Colectivo Juventud Sin Futuro, e integrantes de centros sociales okupados de Madrid.

Leámoslo con voz de No-Do y quizá así las palabras que se dedican a los manifestantes quedarán más contextualizadas. ¿Es función de una policía perteneciente a un Estado de Derecho andar controlando si se celebran reuniones de más de tres personas, por si acaso? En casa tenemos un librito de color crema que tiene ya unos cuantos años. Al abrirlo me encuentro unos pasajes que dicen así:

Artículo 21.

  1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.

  2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que solo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

Artículo 23.

  1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

Artículo 25.

  1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento.

Tendré que cambiar de lecturas, porque estas se me resisten cuando veo el camino que llevamos. O eso, o me aplico un filtro de instagram en la retina para volver a ver las cosas en blanco y negro. Como en los viejos tiempos.

Foto | José María Mateos
En Nación Red | Compromís-EQUO pregunta en el Congreso por la vigilancia a los “líderes” del 15-M, ¿Qué hace Interior con los informes de los usuarios vigilados por la Policía? #cercoal15M

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