El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminará el próximo jueves 21 de octubre si el canon digital que se aplica en España se ajusta a la legislación comunitaria o como parece muy probable es declarado ilegal.
La abogada general, Verica Trstenjak concluía (pdf) el pasado mayo que un sistema nacional que prevé la aplicación indiscriminada de un canon por copia privada a todos los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital no es compatible con el artículo 5, apartado 2, letra b), de la Directiva 2001/29, por cuanto dejaría de existir una adecuada correspondencia entre la compensación equitativa y la limitación del derecho por copia privada que la justifica, dado que no puede presumirse que dichos equipos, aparatos y materiales se utilicen para la realización de copias privadas.
El dictamen viene propiciado por el caso que enfrenta a la SGAE con la empresa Padawan, que comercializa material de reproducción y almacenamiento digital. La empresa Padawan S.L., que opera en el mercado con el nombre comercial de Traxtore, fue condenada en el año 2007 a indemnizar con 16.759,25 euros, además de intereses y costas, a la Sociedad General de Autores y Editores, por las cantidades devengadas en concepto de canon digital.
La Sección 15 de la Audiencia de Barcelona, que debía conocer de la apelación presentada contra la mencionada sentencia, consideró a diferencia del Juzgado de lo Mercántil 4 de Barcelona, que dictó la sentencia de primera instancia que existían motivos, como solicitaba la empresa condenada, para plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia comunitario. El 21 de octubre, será. El canon de la SGAE ante la Justicia Europea.
Más Información | Sentencia condenatoria (primera instancia) a favor de la SGAE (pdf)
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