Condena en Bélgica por violar una licencia Creative Commons

2010-10-26 Décision trib. Nivelles - Lichôdmapwa

Un tribunal belga ha condenado a una empresa organizadora de festivales a pagar 4.500 euros por daños y perjuicios a un grupo musical por violar las licencias creative commons.

La banda compuso en 2004 un album que contenía una pieza que puso a disposición del público en la página Dogmazic.net bajo la licencia Creative Commons. La empresa condenada utilizó el tema como música de fondo para el anuncio promocional de un festival de teatro.

A pesar de que los integrantes del grupo exigieron a la empresa regularizar la situación, finalmente optaron por demandar a la empresa por incumplimento de las obligaciones de la licencia creative commons y, subsidiariamente por violar sus derechos de autor.

El grupo no forma parte de la entidad de gestión de los derechos de autor belga ya que eran partidarios de las Creative Commons. El fallo judicial dicta que al utilizar la obra sin la autorización de los autores, ha violado las condiciones de esta licencia cuya validez ha sido ya reconocida por los tribunales holandeses, españoles y hasta estadounidenses.

La empresa condenada se escuda que ha cometido un error equivocándose de licencia y que se le ha "escapado" que esa canción estuviera bajo una licencia no comercial, a diferencia de otros temas disponibles en la misma página web.

La magistrada responsable de la sentencia no acepta esta excusa en su calidad de profesionales de la organización de festivales, "la defensa debía al menos informarse de las condiciones particulares de esta licencia del derecho de autor más permisiva".

La buena fe no le exime de la falta y reparación del daño.

El grupo musical reclamaba 10.380 euros y rechazaba que el daño se calculara con las tarifas estipuladas por la SGAE belga. La sentencia considera que existe una paradoja en la actitud de los demandantes al reclamar una ética no comercial pero pedir una indemnización dineraria y con una tarifa bastante superior a la que pone en práctica Sabam.

La magistrada concluye que se tiene que elegir entre una indemnización puntual o una global por cada una de las condiciones de uso no respetadas de la licencia, decantándose por esta última en su sentencia final: 4.500 euros, 1.500 por cada término de la licencia violada.

Vía | El País

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