La sanción depende de si tú te das cuenta del error o es la propia Hacienda quien lo detecta
Desde el 3 de abril se puede presentar el modelo 100 correspondiente a la declaración de la Renta 2024 para el ejercicio fiscal 2023. El plazo para hacer este trámite, siempre que estés obligado a ellos, llega hasta el próximo 1 de julio. Esto hace que sea una de las campañas más largas de los últimos años, haciendo que se tenga tiempo de sobra para poder realizar este trámite.
Pero siempre hay gente que puede estar obligado a hacer la Renta y olvidarse de ella por intentar dejarlo siempre hasta el último momento. Esto es algo que está penado con una sanción administrativa que va a variar dependiendo de la situación tributaria de cada uno de los contribuyentes. Y esta es una sanción que puede llegar a tardar varios años para que nos notifique.
Olvidarte de la Renta 2023 puede salir muy caro
Como decimos, la sanción o multa que se puede imponer en el caso de no presentar este trámite va a variar dependiendo del resultado de la declaración. La primera situación es cuando Hacienda nos tiene que devolver dinero, haciendo que la infracción esté fijada en 100 euros si es el contribuyente el que se da cuenta del error y de 200 euros si lo hace Hacienda.
Sea cual sea la situación, Hacienda va a tener que devolver el dinero que sea resultado de la declaración, retirando la correspondiente sanción. Y es que precisamente si te has olvidado de hacer la Renta siempre vas a poder hacerlo fuera de plazo, aunque asumiendo esta sanción.
La segunda situación que se presenta radica en cuando es el contribuyente tiene que pagar a Hacienda. En este caso tras realizar la declaración fuera de plazo se va a aplicar de manera general una multa entre el 50 y el 150% sobre el valor a ingresar. Todo dependerá de cómo lo valore el agente tributario, de si hubo intencionalidad o no e incluso de si la cantidad es demasiado abultada.
Pero esta sanción puede desaparecer si te das cuenta de tu error antes que Hacienda. En estos casos únicamente se va a aplicar un recargo que va a variar dependiendo de la cantidad de meses transcurren desde el fin del plazo de presentación hasta que remites el modelo 100. En concreto, va a seguir la siguiente regla:
- Hasta 3 meses: recargo del 5%.
- Entre 3 y 6 meses: recargo del 10%.
- Entre 6 y 12 meses: recargo del 15%.
- Más de 12 meses: recargo del 20% con el cargo de intereses por demora.
Aunque hay que tener en cuenta que la Agencia Tributaria cuenta con cuatro años para poder darse cuenta de los errores en las declaraciones o incluso si hay alguna ausente. A partir de este momento ya no se puede realizar ninguna reclamación, pues habrá prescrito. Pero no es recomendable jugar con esto, ya que es raro que la Agencia Tributaria no se de cuenta de esto.
Imágenes | Towfiqu barbhuiya Scott Graham
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