Muchísimas empresas no registran la jornada laboral o engañan al hacerlo, yendo así contra la ley que tenemos en España y el Gobierno quiere ponerle fin a esto
El registro de la jornada laboral para todos los trabajadores es obligatorio desde abril de 2018 con el objetivo de acabar con las horas extras no remuneradas. Así lo recoge el Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, publicado en el BOE.
Sin embargo, hace apenas unos días, veíamos cómo en España hacer horas extra sigue siendo común a pesar de la ley y es que las empresas han encontrado formas de engañar al sistema. El Ministerio de Trabajo de España, liderado por Yolanda Díaz, anunció a mediados de este mes de enero su intención de mejorar el registro que las empresas tienen que hacer de las horas en las que su plantilla trabaja.
Hace unos pocos días, Díaz desveló algunas de las medidas que el Ministerio de Trabajo, que también está trabajando por reducir ligeramente la jornada laboral en España, quiere tomar para obligar a las empresas a respetar los horarios de su plantilla. Durante un encuentro de la ministra con patronal y sindicatos, se han podido conocer novedades sobre cómo podrá ser este control a las empresas.
Hay que tener en mente que, de acuerdo a la legislación actual, el registro horario se aplica a la totalidad de trabajadores, al margen de su categoría o grupo profesional, a todos los sectores de actividad y a todas las empresas, cualquiera
que sea su tamaño u organización del trabajo, siempre y cuando estén incluidas en el ámbito de aplicación que define el artículo.
Así, las empresas quedan obligadas al registro diario de jornada también respecto de trabajadores “móviles”, comerciales, temporales, trabajadores a distancia o cualesquiera otras situaciones en las que la prestación laboral no se desenvuelve, total o parcialmente, en el centro de trabajo de la empresa.
Mejorar la eficacia
Yolanda Díaz ha afirmado que se busca mejorar la “eficacia” del control horario para evitar los incumplimientos en muchas empresas empresas. Uno de los grandes hitos del Gobierno en su pasada legislatura contra las horas extra fue la macroinspección a las 4 grandes consultoras, las Big Four que concluyó con altas multas a Deloitte, PwC, KPMG y EY.
No hay que olvidar que eso fue posible gracias al uso de un gran software detrás, capaz de ayudar en este tipo de investigaciones y que ha sido un aliado en este proceso. La Seguridad Social comenzó a utilizar este software el 1 de enero de 2022. Ahora mismo, la Ministra no ha dicho si el objetivo para mejorar la eficacia es mejorar el uso del software, pero podría ser una opción.
Además, como ejemplo, en 2022 se realizaron 32.644 inspecciones para controlar el tiempo de trabajo y se detectaron 11.070 infracciones, más del doble que en 2019, que supusieron 13,7 millones de euros en sanciones. Puede ser que el plan también sea intensificar estos controles. De todos modos, muchísimas empresas no han implantado este sistema.
En diciembre, Infojobs publicaba un estudio que concluía que un tercio de los trabajadores españoles afirma que no declara las horas reales trabajadas y que pese a la obligación de registrar la jornada desde 2019, un 27% declara que su empresa no cuenta con ningún sistema para controlar su duración.
A mediados del pasado año, el Ministerio de Trabajo proponía el uso de un nuevo algoritmo que notificará a las empresas sospechosas de ocultar horas extra impagadas: un programa informático, bautizado como Algoritmo MAX, capaz de detectar y reunir indicios sobre si las empresas no están contabilizando las horas extras que dedican los empleados y basado en un mecanismo de inteligencia artificial.
Multas más altas
El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, dijo que el objetivo es el de aumentar las sanciones en caso de fraude, ya que “no son suficientemente disuasorias” en la actualidad.
Con la ley actual, los incumplimientos en materia de “jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo” son consideradas infracciones graves por la LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social). Las sanciones actuales son de 751 a 7.500 euros, independientemente del número de trabajadores afectados o del tamaño de la empresa sancionada.
Ahora, el Ministerio ha mencionado la posibilidad de que las multas, por cada trabajador, puedan ser de más de 10.000 euros en los casos más graves.
Imagen | Foto de Mitchell Luo en Unsplash
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