Qué dice la ley en España sobre los descansos que podemos tener durante las horas de trabajo
Si estás contratado o contratada en una empresa, el Estatuto de los Trabajadores, tiene recogidos varios permisos que son retribuidos y te permiten legalmente ausentarse del trabajo por diferentes motivos y muchos otros aspectos relacionados con los derechos laborales en España.
Hace unos días hacíamos un repaso por este reglamento para conocer qué permiso daba a las personas que quieren formarse mientras trabajan.
Hoy vamos a ver qué dice la ley sobre los descansos que podemos tener durante las horas de trabajo. Algo muy importante para rendir mejor, como hemos visto en muchos artículos publicados en Genbeta, es estar descansado o descansada, porque el agotamiento reduce la eficiencia.
Es el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores se hacen ciertas diferencias, según la edad del trabajador, como si es menor o mayor de 18 y también según las horas que tiene que trabajar en cada jornada.
Los descansos en España, según el reglamento
Dice el Estatuto que la empresa deberá conceder a los trabajadores, tras seis horas de trabajo ininterrumpido (seis horas es lo máximo que se debe trabajar de seguido sin un descanso), una pausa destinada a la comida y al descanso de al menos 15 minutos. El convenio colectivo o pactos individuales pueden ampliar esta cifra de 15 minutos como mínimo.
Hay una excepción y es que los trabajadores y trabajadoras menores de edad dispondrán de dicha pausa transcurridas como máximo cuatro horas y media de trabajo ininterrumpido.
Según la web Cuestiones Laborales, en ocasiones, este periodo de descanso es considerado por la empresa como tiempo de trabajo efectivo aunque no lo establezca el convenio ni se haya acordado con los representantes legales en cuyo caso se debe considerar como un derecho adquirido que sólo podrá ser modificado a través de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
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